ACCESO LIBRE Y DE ACCESO A CUERPOS DE SUBGRUPO SUPERIOR A1 EN LOS CUERPOS DE PRO
Cerrada
87 plazas
Valencia
Agente Forestal (Medioambiental)
Disposiciones oficiales
Con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública y, en cumplimiento de los dispuesto en Real Decreto 651/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025 (BOE de 16 de julio), Este Ministerio, en uso de las competencias que tiene atribuidas por el Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para el ingreso mediante concurso-oposición por el sistema general de acceso libre al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y al Cuerpo de Profesores Especialistas de Sectores Singulares de la Formación Profesional, así como el acceso a Cuerpos de Subgrupo Superior A1 y procedimiento de adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de carrera de los citados cuerpos para plazas del ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, con arreglo a las bases y anexos indicados a continuación. La disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, dispone que son bases de régimen estatutario de los funcionarios públicos docentes las reguladas, entre otras, por la propia ley para el ingreso en la función pública docente, encomendando al Gobierno su desarrollo reglamentario en aquellos aspectos que sean necesarios para garantizar el marco común básico de la función pública docente. Asimismo, la disposición adicional duodécima, apartado 1, de esa ley orgánica establece que el sistema de ingreso en la función pública docente será el de concurso oposición. En desarrollo de lo establecido en la citada Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, por Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, («Boletín Oficial del Estado» del 2 de marzo), se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la precitada ley orgánica. El artículo 3 del citado reglamento establece que las Administraciones Públicas convocantes, una vez aprobadas sus respectivas ofertas de empleo, realizarán las convocatorias para la provisión de plazas autorizadas en las ofertas de empleo mencionadas. Resultarán también de aplicación a la presente convocatoria el libro segundo del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Resolución de 23 de septiembre de 2025, de la Secretaría de Estado de Función Pública por la que se establece un modelo común de convocatoria que regirá los procesos selectivos para el ingreso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, así como las siguientes referencias normativas: – Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. – Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común. – Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. – Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. – Ley 53/2003, de 10 de diciembre, sobre empleo público de discapacitados, modificada por la Ley 26/2011, de 1 de agosto. – Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores. – Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad. – Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad. – Real Decreto 1710/2011, de 18 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. – Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público en la Administración General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho de libre circulación de trabajadores. – Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de formación para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria. – Real Decreto 1284/2002, de 5 de diciembre, por el que se establecen las especialidades del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño. – Real Decreto 428/2013, de 14 de junio, por el que se establecen las especialidades del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas. – Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado. – Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos. – Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio. – Orden ECI/3858/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de las profesiones de profesor de educación secundaria obligatoria y bachillerato, formación profesional y enseñanzas de idiomas. – Orden PJC/804/2025, de 23 de julio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de medios y tiempos y la realización de otros ajustes razonables en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad. – Orden ECD/191/2012, de 6 de febrero, por la que se regulan los temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. – Orden EDU/2645/2011, de 23 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» de 5 de octubre), por la que se establece la formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida para aquellas personas que estando en posesión de una titulación declarada equivalente a efectos de docencia no pueden realizar los estudios de máster. – Resolución de 20 de octubre de 2025, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de octubre de 2025, por el que se aprueba el IV Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella (BOE de 4 de noviembre de 2025). – Las demás disposiciones de general aplicación, así como lo dispuesto en la presente convocatoria. Asimismo, esta convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de octubre de 2025, por el que se aprueba el IV Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella y, en su caso, se adecuará a lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público. 1. Publicación A fin de facilitar el acceso a la información, esta convocatoria figurará en el Punto de Acceso General, http://administracion.gob.es, en la página web del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, a la que se podrá acceder través del siguiente enlace: https://www.educacionfpydeportes.gob.es/contenidos/profesorado/nouniversitarios/oposiciones-y-ofertas-trabajo/oposiciones.html, así como en los portales web de las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla. Serán válidas a los efectos del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las publicaciones realizadas en la página web del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. TÍTULO I Proceso selectivo para el ingreso mediante concurso-oposición por el sistema general de acceso libre al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y al Cuerpo de Profesores Especialistas de Sectores Singulares de la Formación Profesional, así como el acceso a Cuerpos de Subgrupo Superior A1 2. Descripción de las plazas 2.1 Las plazas convocadas se ajustan a lo dispuesto en los siguientes cuadros: Turno libre 2.2 En concreto, se convoca proceso selectivo para cubrir 87 plazas de acceso libre y de acceso a Cuerpos de Subgrupo Superior A1 en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional que se indican a continuación con indicación de su distribución por especialidades y Direcciones provinciales. 2.3 Del total de las plazas convocadas por el sistema de acceso libre y de acceso a Cuerpos de Subgrupo Superior A1 se reservarán 11 para ser cubiertas por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100. El total de las 86 plazas convocadas por el sistema de acceso libre se determinan de acuerdo: – Al Real Decreto 651/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025 (BOE de 16 de julio), corresponden 35 plazas, de las cuales 32 son de acceso general y 3 se reservan para ser cubiertas por personas con discapacidad del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria. – Al Real Decreto 656/2024, de 2 de julio (BOE de 3 de julio), le corresponde 18 plazas, correspondiendo 13 al sistema de acceso general y 5 al acceso por reserva de discapacidad. Dichas plazas corresponden únicamente al número de plazas no cubiertas durante la ejecución de la correspondiente convocatoria, siguiendo lo establecido en el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023, correspondiendo al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria. – Al Real Decreto 625/2023, de 11 de julio (BOE de 12 de julio), le corresponden 29 plazas al acceso general y 3 al acceso por reserva de discapacidad del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y 2 plazas al acceso general del Cuerpo de Profesores Especialistas de Sectores Singulares de la FP no cubiertas durante la ejecución de la correspondiente convocatoria, siguiendo lo establecido en el artículo 108.2. del Real Decreto-ley 6/2023. – La distribución territorial de las plazas anunciadas en estos procesos selectivos, así como por sistema de cobertura y especialidad es la que se detalla a continuación: Códigos de las ciudades autónomas: 51 - Ceuta. 52 - Melilla. 2.4 Las personas aspirantes no podrán presentarse a plazas de un mismo cuerpo y especialidad correspondientes a distintos turnos de... 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