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ASPIRANTES CON DISCAPACIDAD

Cerrada 1 plazas Valencia Personal Subalterno

Información general

Fecha de publicación
02/03/2026
Fin del plazo
30/03/2026
Provincia
Valencia
Municipio
Valencia
Comunidad autónoma
Comunidad Valenciana
Órgano convocante
Ministerio de Educación

Resumen

Extraido del BOE oficial

Titulación requerida

ASPIRANTES CON DISCAPACIDAD

Plazo de presentación

20 días hábiles

Disposiciones oficiales

En el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y por el Decreto 160/2021, de 5 de agosto, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM de 7 de agosto de 2021), por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cartagena, Este Rectorado, con el fin de atender las necesidades de personal técnico, de gestión y de administración y servicios, de acuerdo con la oferta de empleo público de esta Universidad, correspondiente al año 2024, resuelve: Convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica Básica de Ciencia y Tecnología, Especialidad Electricidad y Electrónica, de la Universidad Politécnica de Cartagena, con sujeción a las siguientes Bases 1. Normas generales 1.1 Se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica Básica de Ciencia y Tecnología, especialidad Electricidad y Electrónica de la Universidad Politécnica de Cartagena (subgrupo C1), por el sistema de concurso-oposición. El número de plazas ofertadas es de una. 1.2 Las pruebas selectivas se regirán por lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores; el Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; el Decreto 160/2021, de 5 de agosto, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cartagena y lo dispuesto en la presente convocatoria y supletoriamente por las demás normas de derecho administrativo que pudieran ser de aplicación. 1.3 El proceso selectivo constará de una fase de oposición y una fase de concurso, con las valoraciones, pruebas, y puntuaciones que se especifican en el anexo I de esta convocatoria. La fase de concurso sólo se aplicará a las personas que hayan superado la fase de oposición, con la excepción de lo establecido en la base 11.1. 1.4 El programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria. 1.5 Superarán el proceso selectivo aquellas personas que, sumadas las puntuaciones de las fases de oposición y de concurso, hayan obtenido mayor puntuación, sin que su número pueda ser superior al de las plazas convocadas. 1.6 La lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas será el español. 1.7 Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos establecidos en la presente convocatoria, así como en los recursos administrativos que puedan interponerse frente a los actos y resoluciones dictados durante el curso de este proceso. 2. Requisitos de acceso Para la admisión a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera los siguientes requisitos de participación: a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de quienes tengan la nacionalidad española y de nacionales de alguno de los demás Estados Miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de personas trabajadoras, siempre que no exista separación de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, la edad máxima de jubilación. c) Estar en posesión o en condiciones de obtener, una vez pagada las tasas del título, alguno de los siguientes títulos de formación profesional o equivalentes: – Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas. – Técnico en Instalaciones de Telecomunicaciones. – Técnico Superior en Automatización y Robótica Industrial. – Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. – Técnico Superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados. – Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o declaración de equivalencia. d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas. e) Que no exista separación, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni que haya inhabilitación para el desempeño de las funciones públicas. En el caso de las personas que no ostenten la nacionalidad española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública. f) Poseer un conocimiento adecuado del español. En su caso, se podrá exigir la superación de una prueba que lo acredite. g) Haber abonado las tasas por derecho de participación establecidos en la presente convocatoria o acreditar la exención del pago o bonificación. 3. Solicitudes 3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo presentando la solicitud a través de la sede electrónica de la Universidad Politécnica de Cartagena, en la siguiente dirección: https://sede.upct.es/tramites, acceder al trámite denominadoy seguir las instrucciones. «Participación en procesos selectivos» 3.2 El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». 3.3 Para poder cumplimentar la solicitud es necesario identificarse por alguno de estos medios: – Con certificado electrónico reconocido por la Universidad. Los certificados admitidos por la Universidad Politécnica de Cartagena se encuentran disponibles en la siguiente dirección: https://sedeaplicaciones.minetur.gob.es/Prestadores/ – Con cl@ve, para quienes estén registrados en el sistema de identidad electrónica cl@ve. – Con usuario y contraseña, conforme a las indicaciones recogidas en la sección de Preguntas Frecuentes de la Sede Electrónica de la Universidad Politécnica de Cartagena en la siguiente dirección: https://identidad.upct.es/registro?destino=http://sede.upct.es. 3.4 Las personas aspirantes con discapacidad deberán hacerlo constar en la casilla correspondiente del impreso de solicitud. En tal caso, podrán solicitar las adaptaciones de tiempo y medios que estimen oportunas para la realización de los ejercicios, expresando el motivo de estas. 3.5 Documentación: A la solicitud se adjuntará la siguiente documentación: a) Documentación acreditativa del nivel de idioma español. Las personas que no posean la nacionalidad española y el conocimiento del español no se deduzca de su origen, deberán adjuntar la correspondiente justificación documental de poseer alguno de los títulos o certificados que se indican a continuación: – Diploma de español nivel B2 o superior, de conformidad con el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los diplomas de español como lengua extranjera, o certificación académica que acredite haber superado todas las pruebas para la obtención del mismo. – Certificado de nivel avanzado o equivalente en español para extranjeros, expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas. – Licenciatura en Filología Hispánica, Románica o grado equivalente o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios conducentes a la obtención de alguno de dichos títulos. – Certificado de haber superado la prueba de conocimiento de español en convocatorias de procesos selectivos de esta Universidad. – Título alegado para participar en la presente convocatoria emitido por el Estado español. Aquellas personas aspirantes que tengan que acreditar el conocimiento del español y no adjunten alguno de los documentos justificativos señalados con anterioridad, deberán realizar la prueba de acreditación de conocimiento del español. b) Documentación acreditativa de requisitos académicos. Copia del título académico. En caso de encontrarse el título en trámite de expedición deberá presentarse, como documento sustitutorio, certificación del organismo correspondiente, con indicación expresa de haber pagado las tasas de este. En las titulaciones extranjeras, deberá acreditarse la homologación o declaración de equivalencia correspondiente del Ministerio de Educación, conforme a lo establecido en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre. c) Documentación acreditativa de bonificaciones sobre las tasas aplicables. – Quienes se encuentren en situación de desempleo en el momento del devengo de la tasa, deberán presentar copia de la certificación de los servicios públicos de empleo de encontrarse en situación de desempleo. – Quienes estén en posesión del carné joven, deberá presentar fotocopia del carné joven expedido por el órgano competente de la Administración Regional. – Quienes pertenezcan a familia numerosa de categoría general, deberán presentar el título que lo acredite. d) Documentación acreditativa de exenciones sobre las tasas aplicables. – Aquellas personas con discapacidad deberán acreditar el grado de discapacidad mediante documento expedido por órgano competente, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad. – Quienes pertenezcan a familia numerosa de categoría especial deberán presentar el título que lo acredite. – Quienes ostenten la condición de víctimas del terrorismo, deberán presentar documento expedido por el Ministerio del Interior que certifique esa condición, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo. – Quienes hayan sido víctimas de violencia de género, deberán presentar documento firmado por la autoridad competente que acredite dicha condición, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral frente a la violencia de género. e) Documentación acreditativa de estar en condiciones para el desempeño de la plaza para aspirantes con discapacidad. Aquellas personas con discapacidad deberán presentar certificación acreditativa de hallarse en condiciones de desempeñar la plaza objeto de esta convocatoria, expedida por el órgano competente de la Comunidad Autónoma. Serán motivos de exclusión, entre otros, no acreditar de forma suficiente la posesión de los requisitos exigidos para el ingreso en la escala convocada y presentar la solicitud fuera del plazo establecido. 3.6 El abono de la tasa por derechos de examen será el siguiente: El pago del importe de la tasa de los derechos de examen se realizará dentro del plazo de presentación de solicitudes. En ningún caso la v... [Contenido completo disponible en BOE oficial]

Más información

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-4871

Requisitos

  • Edad: 16 a 67 años.
  • Titulación: no se exige titulación académica (Agrupaciones Profesionales).
  • Nacionalidad española o UE.
  • No haber sido separado del servicio.

Información general sobre esta tipología. Completar con la publicada en la convocatoria oficial.

Salario

Agrupaciones Profesionales. Sueldo bruto inicial: 15.000–18.000 €/año. Con trienios y complementos específicos del puesto, los sueldos consolidados llegan a 18.000–22.000 €/año.

Información general sobre esta tipología. Completar con la publicada en la convocatoria oficial.

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