Publicada el

CUERPOS DOCENTES UNIVERSITARIOS

Cerrada 4 plazas Granada

Información general

Fecha de publicación
20/01/2026
Fin del plazo
17/02/2026
Provincia
Granada
Municipio
Residencia
Comunidad autónoma
Andalucía
Órgano convocante
ayuntamiento de residencia

Resumen

Extraido del BOE oficial

Titulación requerida

CUERPOS DOCENTES UNIVERSITARIOS

Plazo de presentación

20 días hábiles

Disposiciones oficiales

Vista la Resolución de 30 de mayo de 2023, del Rectorado de la Universitat Jaume I de Castelló, por la cual se hace pública la oferta de empleo público del personal docente e investigador de la Universitat Jaume I para el año 2023 publicada en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» el 8 de junio de 2023. Vista la Resolución de 21 de mayo de 2024, del Rectorado de la Universitat Jaume I de Castelló, por la cual se hace pública la oferta de empleo público del personal docente e investigador de la Universitat Jaume I para el año 2024 publicada en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» el 24 de mayo de 2024. Visto lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU); el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios; el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y su Inclusión Social; el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad; el Decreto 194/2025, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueban los Estatutos de la Universitat Jaume I de Castelló (EUJI), y el Reglamento de selección de personal docente e investigador de la Universitat Jaume I (RSPDIUJI). De acuerdo con las competencias que le atribuye la LOSU, y las previstas en el artículo 71 de los Estatutos de la Universitat Jaume I, resuelvo: Primero. Convocar un concurso público por el turno de discapacidad para el acceso a la plaza de profesor o profesora titular de universidad que se relaciona en el anexo II de esta resolución, dotada en el estado de gastos del presupuesto de la Universitat Jaume I, destinadas a la incorporación de personal investigador doctor que haya superado la evaluación del Programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad investigadora (I3), o que haya obtenido el certificado como investigadora o investigador establecido (R3). Segundo. Aprobar las bases que rigen la presente convocatoria y que figuran en el anexo I. Tercero. Publicar las bases de la convocatoria en el Tablón de Anuncios Oficial de la Universitat Jaume I (TAO-UJI), en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» (DOGV) y en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE). La publicación del BOE se tomará como referencia a efectos del cómputo de plazos para la presentación de solicitudes de participación. El resto de los actos administrativos derivados de esta convocatoria se publicarán únicamente en el TAO-UJI. Cuarto. Informar de que contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se puede interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto contra el cual se recurre en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación, o bien directamente interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castelló de la Plana, dentro del plazo de dos meses a contar desde que se tenga que entender agotada la vía administrativa. Todo esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere procedente. Castelló de la Plana, 14 de enero de 2026.–La Rectora, P. D. (Resolución de 27 de mayo de 2022), el Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado, Joaquín Beltrán Arandes. ANEXO I Bases de la convocatoria Primera. Normas generales. Este concurso se rige por lo dispuesto en la LOSU; el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y otra legislación que le sea aplicable; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC); el Decreto 194/2025, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueban los Estatutos de la Universitat Jaume I de Castelló (EUJI); el Reglamento de selección de personal docente e investigador de la Universitat Jaume I (RSPDIUJI), y lo que se dispone en estas bases y otras normas de carácter general que resulten de aplicación. Segunda. Requisitos. 2.1 Requisitos de carácter general. Las personas solicitantes deberán reunir los requisitos generales siguientes: a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos estados en los que, en virtud de tratados internacionales firmados por la Unión Europea y ratificados por España, sea aplicable la libre circulación de trabajadores y trabajadoras. También podrán participar en este concurso el o la cónyuge de los españoles o españolas y de las personas nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Así mismo, con las mismas condiciones, podrán participar los y las descendientes menores de veintiún años o mayores de edad que sean dependientes. Así mismo, podrán participar las personas aspirantes de nacionalidad extranjera no comunitaria cuando, en el estado de su nacionalidad, a los españoles y españolas se les reconozca aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las del funcionariado de los cuerpos docentes universitarios españoles, a cuyos efectos el Consejo de Universidades obtendrá informe de los ministerios de Asuntos Exteriores y de Administraciones Públicas. b) Tener dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación. c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes al profesorado de universidad. d) No haber sido separado o separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni encontrarse inhabilitado o inhabilitada para el desempeño de las funciones públicas por sentencia judicial firme. En el caso de las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española, el cumplimiento de este requisito comportará no estar sometido o sometida a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su estado el acceso a la función pública. 2.2 Requisitos específicos. a) Pueden presentarse a los concursos de acceso las personas que han sido acreditadas para el cuerpo docente de profesorado titular de universidad, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 69 de la LOSU y en el Real decreto 678/2023 de 18 de julio. b) Acreditar la obtención del certificado I3 dentro del Programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad investigadora (I3), o haber obtenido el certificado como investigadora o investigador establecido (R3). c) Las personas que participen en la reserva de plazas para personas con discapacidad deben acreditar tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 % mediante un documento expedido por el órgano competente de la comunidad autónoma correspondiente. d) Además, deberán cumplir con los requisitos específicos de lengua que aparecen, en su caso, en el anexo II. 2.3 Los requisitos establecidos en esta base deberán cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario o funcionaria de carrera. 2.4 En ningún caso se admitirá la participación en el concurso de acceso cuando se ostente la titularidad de una plaza de igual categoría a la convocada. Tercera. Presentación de solicitudes. 3.1 El plazo para presentar la solicitud de participación en este proceso selectivo es de veinte días a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOE. Todos los plazos señalados en esta convocatoria se entienden que son hábiles, y excluyen del cómputo los sábados, domingos y los declarados festivos. Las solicitudes se presentarán por vía electrónica. El tratamiento de la información por medios electrónicos tendrá en cuenta lo que se establece en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y otras disposiciones que sean aplicables. Para presentar la solicitud por vía electrónica es necesario poseer un certificado digital de firma electrónica, el DNI electrónico o el sistema de identificación Cl@ve. Cuando se utilice la opción «Registrar cuenta con nombre de usuario» se adjuntará una copia del DNI. La solicitud se formalizará en línea a través del Registro electrónico de la Universitat Jaume I, mediante el enlace correspondiente del Tablón de Anuncios Oficial (TAO-UJI): https://www.uji.es/seu/info-adm/tao/. Se utilizará obligatoriamente el modelo de solicitud que aparece en el anexo III de la convocatoria y junto con esta, se entregará la siguiente documentación en formato PDF, obligatoriamente, por medios electrónicos: a) Copia del documento nacional de identidad. Las personas que no tengan la nacionalidad española deberán presentar un documento acreditativo de la nacionalidad, tarjeta de identidad o pasaporte. b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos específicos que señala la base segunda para participar en el concurso de acceso. c) Justificación del pago de las tasas o certificado acreditativo de su bonificación o exención. d) El currículum académico, docente, investigador y de gestión, específico para la categoría de la plaza, en formato CVN. e) Una justificación abreviada y significativa de las competencias y los méritos de investigación, docencia, liderazgo y de los relacionados con la actividad profesional. f) La documentación acreditativa de los méritos alegados en el currículum. Las solicitudes y la documentación deben presentarse obligatoriamente por medios electrónicos. El cumplimiento de los requisitos se refiere siempre a la fecha de finalización del plazo para solicitar participar en el concurso. Las personas que opten a más de una plaza deberán presentar una solicitud independiente para cada una de estas, acompañada de la documentación complementaria. 3.2 Derechos de examen y forma de pago. El importe de la tasa por derechos de examen es de 30 euros. 3.2.1 Bonificaciones. Los miembros de familia numerosa de categoría general o de familia monoparental de categoría general disfrutan de una bonificación del cincuenta por ciento de la cuota íntegra, es decir, la tasa que pagarán es de 15 euros. 3.2.2 Exenciones. Disfrutan de exención del pago de la tasa: a) Las personas que forman parte de una familia numerosa de categoría especial o de una familia monoparental de categoría especial. b) Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en el artículo 9 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el Ámbito de la Comunidad Valenciana. c) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %. d) Las personas que se encuentren en situación de exclusión social, si ésta es acreditada por el órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia. 3.2.3 Forma de pago. El pago de la tasa se realizará mediante tarjeta de crédito o débito a través del enlace previsto en la correspondiente convocatoria publicada en el TAO-UJI. Si se tiene derecho a una bonificación, se ha de elegir la opción correspondiente. 3.2.4 A la solicitud se adjuntará el certificado acreditativo de la bonificación o exención del pago de la tasa. El abono de los derechos de examen o, si procede, la justificación de la concurrencia de alguna de l... [Contenido completo disponible en BOE oficial]

Más información

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-1323

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