CUERPOS DOCENTES UNIVERSITARIOS
Cerrada
1 plazas
Madrid
Maestro de Educación Primaria
Disposiciones oficiales
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo (BOE del 23), del Sistema Universitario, en adelante, LOSU, y, en virtud de lo previsto en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos (BOE de 6 de septiembre), en adelante, RDCA, y a tenor de lo establecido en los Estatutos de la Universidade de Vigo, aprobados por Decreto 13/2019, de 24 de enero de la Xunta de Galicia (DOG de 22 de febrero), conforme a los acuerdos adoptados por el Consejo de Gobierno y publicadas en el «Diario Oficial de Galicia», tras obtener las oportunas autorizaciones de la Comunidad Autónoma de Galicia, las Ofertas de Empleo Público del personal docente e investigador para el año 2024 (Resolución de 20 de diciembre de 2024, DOG del 27) y para el año 2025 (Resolución de 12 de diciembre de 2025, DOG del 19). Este Rectorado, en el uso de las competencias reconocidas por la LOSU, ha resuelto convocar a concurso las plazas que figuran en el anexo I de la presente resolución, con sujeción a las siguientes Bases de la convocatoria Primera. Normas generales. Este concurso se regirá por la LOSU, el RDCA, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE del 2), en adelante, LPACAP, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE del 2), en adelante, LRJSP, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE del 31), en adelante, EBEP, la normativa reguladora de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios y a las categorías de profesorado permanente laboral y ayudante doctor, aprobada por el Consejo de Gobierno el 20 de diciembre de 2024 (modificada en Consejo de Gobierno de 12 de marzo de 2025), y las bases de esta convocatoria y demás normativa que resulte de aplicación. Segunda. Requisitos de las personas candidatas. 2.1 Para poder ser admitidas a realizar las presentes pruebas selectivas, las personas que sean aspirantes deberán reunir los requisitos exigidos en esta base en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta la toma de posesión: a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras en los términos establecidos en el EBEP. También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de las personas con nacionalidad española y de quien sea nacional de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España. b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber superado los setenta. c) Estar en posesión de la titulación de doctor o doctora. En el caso de títulos obtenidos en el extranjero, deberá adjuntarse credencial que acredite su homologación o su reconocimiento para el ejercicio como docente de universidad. d) Estar acreditado o acreditada para el cuerpo docente de Profesores y Profesoras Titulares de Universidad conforme a lo establecido en el RDCA o en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, o bien estar habilitado/a para el Cuerpo de Profesores y Profesoras Titulares de Universidad conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio. e) Haber abonado las tasas por derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes. f) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de ninguna administración pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. Quien sea aspirante de nacionalidad distinta a la española, deberá acreditar no estar bajo sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública. g) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a la plaza. 2.2 Las personas candidatas acreditarán el conocimiento de al menos una de las dos lenguas oficiales de la Universidade de Vigo en el momento de salida a concurso de la plaza, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente y con los siguientes efectos: a) Las personas candidatas acreditarán un conocimiento suficiente del español como lengua extranjera de nivel B2 o superior, mediante alguno de los certificados incluidos en la tabla de acreditaciones aceptadas por la Asociación de Centros de Lenguas en la Enseñanza Superior (ACLES). Estarán eximidas de este requisito las personas que sean nacionales de estados que tengan el español como lengua oficial. b) La acreditación del conocimiento de la lengua gallega se hará de conformidad con la normativa autonómica aplicable mediante un diploma Celga3 (o equivalente) o superior. La Universidade de Vigo dispondrá los medios necesarios para que el profesorado seleccionado que inicialmente no pueda acreditar alguna de las dos lenguas oficiales de la Universidade de Vigo esté en condiciones de hacerlo antes de transcurridos dos años desde el nombramiento, de tal modo que dos años tras el nombramiento tenga las competencias requeridas tanto en lengua española como gallega. 2.3 Las personas aspirantes que tengan reconocida legalmente una discapacidad igual o superior al 33 %, deberán aportar fotocopia del certificado en vigor que acredite el reconocimiento de la discapacidad de que se trate. En caso de precisar alguna adaptación, y al objeto de que se pueda garantizar la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad y poder adoptar las medidas oportunas, se acompañará a la solicitud de participación en el concurso un escrito solicitando las adaptaciones de tiempo y medios correspondientes. Las personas aspirantes a las que se refiere el presente párrafo que no soliciten las adaptaciones en el momento de presentar la solicitud de participación al concurso, se entenderá que no las necesitan o que renuncian a ellas, sin que puedan plantear solicitud de éstas en ningún otro momento posterior del procedimiento. A la vista de las propuestas de adaptación efectuadas, la comisión de acceso determinará las medidas de adaptación a las necesidades de las personas con discapacidad que hayan sido admitidas al concurso y así lo hayan solicitado. 2.4 De conformidad con el artículo 72.2 de la LOSU no podrá participar en este concurso quien ocupe una plaza de cuerpos docentes universitarios en esta o en otra universidad, obtenida mediante concurso de acceso, salvo que se haya producido el desempeño efectivo de la misma durante al menos dos años. Tercera. Solicitud telemática. 3.1 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. 3.2 Para solicitar la participación en este concurso, las personas interesadas deberán cubrir previamente, para cada referencia/plaza, y en todo caso durante el plazo indicado en la base 3.1, el formulario que se haya establecido específicamente y que estará disponible a través de los enlaces indicados en el apartado «Observaciones» de la información electrónica de esta convocatoria (accesible en la web http://secretaria.uvigo.gal/uv/web/convocatoria/public/index filtrando por Tipo: «Concursos de profesorado» y empleando como palabra clave «TU2503»). Esta misma aplicación permitirá llevar a cabo la liquidación de los derechos de examen a los que se hace referencia en la base 3.5. 3.3 Sin perjuicio de la inscripción y el pago anteriores, durante el plazo indicado en la base 3.1 y través de la sede electrónica de la Universidade de Vigo (https://sede.uvigo.gal), mediante el procedimiento específico «SPDI-3.º concurso público Profesores/as Titulares de Universidad» se presentarán los siguientes documentos, siendo causa de exclusión la falta de alguno de ellos: a) Copia simple del documento nacional de identidad. Quien sea aspirante, no posea la nacionalidad española y tenga derecho a participar deberá presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo de quien sea nacional de otro Estado con el que tenga dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar separados de derecho de su cónyuge y, si es el caso, del hecho de que vive a sus expensas o está a su cargo. b) Copia del título de doctor o doctora, que podrá sustituirse por el informe obtenido desde «Mi Carpeta Ciudadana» (https://carpetaciudadana.gob.es/), apartado «Títulos universitarios». Cuando corresponda, deberá acompañarse de la credencial de homologación o reconocimiento profesional. c) Copia de los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos que se señalan en la letra «d» de la base 2.1. d) Únicamente en el caso de aspirantes que ocupen una plaza de cuerpos docentes universitarios (funcionarios) y no pertenezcan a la Universidade de Vigo, certificado original (hoja de servicios) de la universidad u organismo del que dependan, que acredite su desempeño. e) Justificante, en su caso, de la exención parcial o total de tasas. f) Únicamente en el caso de aspirantes de estados que no tengan el castellano como lengua oficial, certificación o documento que acredite el cumplimiento de alguno de los requisitos de idioma que se señalan en la base 2.2. 3.4 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.8 de la LPACAP, carecerá de validez y eficacia la presentación de solicitudes y la realización de cualquier acto efectuado a través de medios distintos a los indicados en los apartados anteriores. La no inscripción en plazo y la no presentación de documentación en sede en plazo no son enmendables y determinarán la exclusión definitiva del concurso de quien sea aspirante. 3.5 Los derechos de examen para cada plaza (TU2503) serán de 44,17 euros. El pago deberá llevarse a cabo en el plazo de presentación de instancias al que se refiere la base 3.1. La falta de pago de los derechos de examen en plazo no es subsanable y determinará la exclusión definitiva del concurso de quien sea aspirante, excepto que acredite el pago o la exención de la citada tasa. La liquidación de tasas se realizará a través de la aplicación de inscripción, pudiendo abonarse el importe correspondiente bien en efectivo o con tarjeta. En efectivo se podrá hacer únicamente en alguna de las entidades bancarias colaboradoras con la Universidade de Vigo: Abanca, Banco Santander o CaixaBank. Con tarjeta se realizará a través de la aplicación informática, que permitirá seleccionar esta opción, siendo necesario seguir con atención el proceso hasta su finalización, comprobando que el pago fue realizado correctamente. Según lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones de la Comunidad Autónoma de Galicia, estarán exentas del pago las personas con discapacidad igual o superior al 33 % y los miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial. Se aplicará una bonificación del 50 % en la tasa de inscripción a los miembros de familias numerosas de categoría general. En los tres supuestos será necesario que con la solicitud presenten las respectivas certificaciones que lo acrediten. Asimismo, tendrán una bonificación del 50 % de la tasa las personas que figuren como... [Contenido completo disponible en BOE oficial]