Disposiciones oficiales
En el ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, por el Decreto 160/2021, de 5 de agosto, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM de 7 de agosto de 2021), por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cartagena, por el Reglamento por el que se regulan los concursos de acceso a las plazas de profesorado de los cuerpos docentes universitarios y de profesorado permanente laboral de la Universidad Politécnica de Cartagena aprobado en Consejo de Gobierno de 6 de febrero de 2024 y por el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos, Este Rectorado, conforme al acuerdo de Consejo de Gobierno de esta Universidad de fecha 20 de noviembre de 2025, resuelve: Convocar el correspondiente concurso de acceso, por el sistema de promoción interna, al Cuerpo de Catedráticas y Catedráticos de Universidad de la plaza que se detalla en el anexo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 71.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, que permite convocatorias de promoción interna para el acceso a dicho cuerpo. La plaza corresponde a la oferta de empleo público del año 2025, publicada en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» de 15 de mayo de 2025, está dotada en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad Politécnica de Cartagena y está incluida en su vigente relación de puestos de trabajo. La convocatoria se sujeta a las siguientes Bases Primera. Normas generales. Los concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; por el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; por el Decreto 160/2021, de 5 de agosto, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM de 7 de agosto de 2021), por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cartagena; el Reglamento por el que se regulan los concursos de acceso a las plazas de profesorado de los cuerpos docentes universitarios y de profesorado permanente laboral de la Universidad Politécnica de Cartagena aprobado en Consejo de Gobierno de 6 de febrero de 2024 y con carácter supletorio, por lo previsto en la legislación general de funcionarios civiles del Estado. Segunda. Requisitos de acceso. 2.1 Requisitos generales comunes: a) Poseer la nacionalidad española, o la nacionalidad de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea. También podrán participar cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge, de quienes tengan la nacionalidad española y de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no exista separación de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no exista separación de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente podrán participar las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de las personas trabajadoras, en los términos definidos por la legislación de la Unión Europea. b) Tener cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación. c) Que no exista separación, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni que haya inhabilitación para el desempeño de las funciones públicas. En el caso que no ostenten la nacionalidad española, deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública. d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a docente de universidad. e) Haber abonado los derechos de examen establecidos en la presente convocatoria o acreditar la exención del pago o bonificación. 2.2 Requisitos específicos: a) Pertenecer al Cuerpo de Profesoras y Profesores Titulares de Universidad o de la Escala de Personal Investigador Científico de los Organismos Públicos de Investigación y haber prestado, como mínimo, dos años de servicios efectivos bajo esta condición. No podrán presentarse quienes pertenezcan al Cuerpo de Catedráticas y Catedráticos de Universidad. b) Estar acreditado para el Cuerpo de Catedráticas y Catedráticos de Universidad. Se considera que posee la acreditación regulada en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, citado en la base primera, el profesorado acreditado conforme al Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, y el profesorado habilitado conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos. La concurrencia de los requisitos anteriores deberá poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión. Tercera. Presentación de solicitudes. 3.1 Quienes deseen participar en esta convocatoria de promoción interna, deberán hacerlo presentando la solicitud a través de la sede electrónica de la Universidad Politécnica de Cartagena en la siguiente dirección https://sede.upct.es/tramites y acceder al trámite denominado «Participación en procesos selectivos» y seguir las instrucciones. 3.2 El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». 3.3 Para poder cumplimentar la solicitud es necesario identificarse por alguno de estos medios: – Con certificado electrónico reconocido por la Universidad. Los certificados admitidos por la Universidad Politécnica de Cartagena se encuentran disponibles en la siguiente dirección: https://sedeaplicaciones.minetur.gob.es/Prestadores/. – Con cl@ve, para quienes estén registrados en el sistema de identidad electrónica cl@ve. – Con usuario y contraseña, conforme a las indicaciones recogidas en la sección de Preguntas Frecuentes de la Sede Electrónica. 3.4 Las personas aspirantes con discapacidad deberán hacerlo constar en la solicitud. En tal caso, podrán solicitar las adaptaciones de tiempo y medios que estimen oportunas para la realización de los ejercicios, expresando el motivo de estas. 3.5 Documentación: A la solicitud se adjuntará la siguiente documentación: a) Documentación acreditativa de requisitos académicos. – Hoja de servicios actualizada, expedida por el órgano de personal del organismo correspondiente. No tendrá que presentarla el profesorado en servicio activo de la Universidad Politécnica de Cartagena, si en su solicitud autorizan a la universidad a recabar dicha información. – Copia de las certificaciones expedidas por el organismo competente en las cuales se acredite el cumplimiento, del requisito establecido en el apartado b) del punto 2.2 de la base segunda de esta convocatoria. b) Documentación acreditativa de beneficios sobre las tasas aplicables. – Quien abone la tasa por «Carné joven», deberá acompañar a la solicitud fotocopia del «Carné joven» expedido por el órgano competente de la Administración Regional. – Aspirantes que pertenezcan a familia numerosa de categoría general deberán presentar el título que lo acredite. c) Documentación acreditativa de exenciones sobre las tasas aplicables: – Quienes tengan discapacidad deberán acreditar el grado de discapacidad mediante documento expedido por órgano competente, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad. – Quienes pertenezcan a familia numerosa de categoría especial deberán presentar el título que lo acredite. – Quienes ostenten la condición de víctimas del terrorismo deberán presentar documento expedido por el Ministerio del Interior que certifique esa condición, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo. – Quienes hayan sido víctimas de violencia de género deberán presentar documento firmado por la autoridad competente que acredite dicha condición, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral frente a la violencia de género. d) Documentación acreditativa de estar en condiciones para el desempeño de la plaza para aspirantes con discapacidad. Las personas aspirantes con discapacidad deberán presentar certificación acreditativa de hallarse en condiciones de desempeñar la plaza objeto de esta convocatoria, expedida por el IMAS u órgano equivalente. Serán motivos de exclusión, entre otros, no acreditar de forma suficiente la posesión de los requisitos exigidos para la plaza convocada y presentar la solicitud fuera del plazo establecido. 3.6 El abono de la tasa por derechos de examen será el siguiente: El pago del importe de la tasa de los derechos de examen se realizará dentro del plazo de presentación de solicitudes. En ningún caso la validación de datos en la página web y el pago de la tasa supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud conforme al procedimiento indicado en esta base. Tendrán una bonificación del 75 por ciento de la cuota, no acumulable a las anteriores, las personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría general. Tendrán una bonificación del 20 por ciento de la cuota los que acrediten hallarse en posesión del «Carné Joven» expedido por el órgano competente de la Administración Regional. Estarán exentas del pago de esta tasa las personas que acrediten cualquiera de las siguientes circunstancias: a) Ostentar un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento en el momento del devengo de la tasa. b) Pertenecer a familias numerosas clasificadas en la categoría especial conforme a la normativa vigente. c) Ostentar la condición de víctima del terrorismo legalmente reconocida. d) Ser o haber sido víctima de violencia de género. La falta de pago de estos derechos durante el plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión definitiva de la persona aspirante. No procederá la devolución de los derechos por participación en procesos selectivos en los casos de renuncia o exclusión por causa imputable a la persona interesada. 3.7 Una vez cumplimentados los datos de la solicitud en la página web se liquidará la tasa en función de lo indicado por la persona aspirante. El pago de dicha liquidación, si no resulta exenta, se realizará por TPV virtual (tarjeta de crédito o débito). 3.8 Una vez cumplimentada la solicitud, a través de la web, la presentación y proceso de registro de la solicitud se realizará necesariamente a través de la propia página web al finalizar el registro de la solicitud. Una vez presentada, obtendrá un justificante de presentación de la solicitud con el sello electrónico de la Universidad Politécnica de Cartagena. La persona interesada podrá consultar en cualquier momento su solicitud en la Carpeta del Ciudadano, de la Sede Electrónica de la Universidad. Si alguna de las personas interesadas presentase su solicitud presencialmente, el órgano convocante le requerirá para que la subsane a través de la presentación electrónica de la solicitud de inscripción en los procesos selectivos, en los términos del artículo 68 de la L... [Contenido completo disponible en BOE oficial]