Disposiciones oficiales
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (en adelante, LOSU); en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a dichos cuerpos (en adelante RD 678/2023); y a tenor de lo establecido en los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid, aprobados por Decreto 1/2003, de 9 de enero y modificados por Decreto 95/2009, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (en adelante Estatutos UC3M), así como en la Normativa de la Universidad Carlos III de Madrid por la que se regula la creación, convocatoria y provisión de plazas de los cuerpos de Catedráticos/as de Universidad y de Profesores/as Titulares de Universidad, aprobada por el Consejo de Gobierno de la Universidad Carlos III de Madrid en sesión de 12 de febrero de 2024 y modificada en sesiones de 7 de mayo de 2024 y del 24 de octubre de 2024 (en adelante, Normativa UC3M ACG 12/02/2024). Autorizada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en su sesión de 24 de mayo de 2023, la Oferta de Empleo Público de la Universidad Carlos III de Madrid para el ejercicio 2023, y publicada la misma mediante Resolución de 19 de julio de 2023 (BOCM de 28 de julio), y de conformidad con lo acordado en la sesión del Consejo de Gobierno de la UC3M de 6 de noviembre de 2025. Resuelvo: Convocar a concurso de acceso veintidós plazas del cuerpo de Catedráticas y Catedráticos de Universidad para su provisión por promoción interna. Asimismo, convocar a concurso de movilidad una plaza del cuerpo de Catedráticas y Catedráticos de Universidad. Todas ellas dotadas en el estado de gastos del Presupuesto, y que se relacionan en el anexo I de la presente resolución. Bases de la convocatoria 1. Normas generales Los concursos se regirán por las bases de esta convocatoria, por lo dispuesto en la LOSU, en el RD 678/2023, en los Estatutos UC3M, en la Normativa UC3M ACG 12/02/2024, en las Directrices de aplicación en los concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios aprobadas por el Consejo de Gobierno de la UC3M en sesión de 12 de febrero de 2024, en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, y por las demás normas de carácter general que resulten de aplicación. 2. Requisitos de los aspirantes Para ser admitidos, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales y específicos que se enumeran a continuación. Estos requisitos deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión. 2.1 Requisitos generales: a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea o ser nacional de un Estado en el que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrá participar el cónyuge de los ciudadanos españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo, deberá acreditarse la nacionalidad, así como en su caso, el vínculo de parentesco. b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a Profesor de Universidad. c) Tener cumplidos dieciséis años y no haber superado la edad de jubilación forzosa. d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a cuerpos o escalas de funcionarios. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. 2.2 Requisitos específicos: 2.2.1 Concursos de acceso al Cuerpo de Catedráticas y Catedráticos de Universidad por promoción interna: a) Ser funcionaria/o de carrera del Cuerpo de Profesoras y Profesores Titulares de Universidad con al menos dos años de servicios efectivos bajo dicha condición. b) Estar acreditada/o al Cuerpo de Catedráticas y Catedráticos de Universidad, según lo previsto en la LOSU y en el RD 678/2023. c) Encontrarse en las situaciones administrativas de Servicio Activo, Servicios Especiales o encontrarse en alguno de los supuestos de excedencia que conlleve reserva de puesto de trabajo en una universidad pública del sistema universitario español. 2.2.2 Concurso de movilidad al Cuerpo de Catedráticas y Catedráticos de Universidad. a) Ser funcionaria/o de carrera del Cuerpo de Catedráticas y Catedráticos de Universidad o ser funcionaria/o de carrera de la Escala de Profesores de Investigación de Organismos Públicos de Investigación del área de conocimiento de la vacante y disponer de acreditación al cuerpo de Catedráticos de Universidad. 3. Solicitudes 3.1 Quienes deseen tomar parte en los concursos realizarán la presentación de la solicitud conforme al artículo 14.3 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, exclusivamente por vía telemática, a través del enlace que se habilitará en la página web de la Universidad Carlos III de Madrid https://www.uc3m.es/empleo/pdi, Profesorado Permanente, Convocatoria 25_02 Catedráticas/os de Universidad. 3.2 El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». 3.3 Los aspirantes deberán abonar a la Universidad Carlos III de Madrid la cantidad de 38,55 euros en concepto de derechos de examen, en aplicación de lo previsto en el Presupuesto de la Universidad Carlos III de Madrid del año 2025. El ingreso o transferencia bancaria deberá ser efectuado en el BBVA, cuenta ES22 0182 2370 42 0000310297 con el título «Derechos examen PDI» debiendo especificar número del DNI o NIE e identificador de la plaza a la que se concursa. Estarán exentas total o parcialmente del pago de la tasa: 1. Las personas desempleadas que figuren en los Servicios Públicos de Empleo, como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de seis meses, referida a la fecha de la publicación de la correspondiente convocatoria de pruebas selectivas en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid». 2. Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100. 3. Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos. 4. Quienes ostenten la condición de víctimas de violencia de género, de conformidad con lo previsto en el artículo 31 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid. 5. Las familias numerosas, en los siguientes términos: a) 100 por 100 de exención a los miembros de familias numerosas de categoría especial, b) 50 por 100 de exención a los miembros de familias numerosas de categoría general. La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión del aspirante, no siendo subsanable. En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud. 3.4 Documentación: la solicitud se acompañará de los siguientes documentos: a) Copia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad de extranjero en el caso de nacionalidad diferente a la española, vigentes en el momento de presentación de solicitudes. b) Documentos acreditativos de los requisitos específicos establecidos en la base 2.2 de la presente convocatoria: i. Acreditación al cuerpo de catedráticas y catedráticos de Universidad. ii. Hoja de servicios actualizada a fecha de la convocatoria. c) Justificante de haber realizado el ingreso correspondiente a los derechos de participación en el concurso, o en su caso, la documentación acreditativa de la exención de la tasa. d) Declaración de conocer y aceptar los Estatutos de la Universidad Carlos III de Madrid y la obligación de ejercer su función con dedicación a tiempo completo, firmada electrónicamente, según modelo que se adjunta a esta convocatoria como anexo IV. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, no admitiéndose ninguna petición de modificación salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por la Universidad Carlos III de Madrid. Serán motivos de exclusión no poseer o no acreditar de forma suficiente la posesión de los requisitos exigidos y presentar la solicitud fuera del plazo establecido. 4. Admisión de las personas aspirantes 4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector dictará resolución en el plazo máximo de cuarenta días naturales declarando aprobadas las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas. Dicha resolución, junto con las listas antes citadas, con indicación de las causas de exclusión, se publicará en la página web de la Universidad indicada en la base 5 de esta convocatoria. 4.2 Contra dicha resolución, las personas aspirantes podrán presentar reclamación ante el Rector en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio, o bien subsanar, en el mismo plazo, el motivo de exclusión u omisión. 4.3 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará resolución aprobando las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas que se publicarán en la forma anteriormente indicada. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la sección 3.ª del capítulo II del título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. 5. Publicación de actos del procedimiento A efectos de notificaciones todos los actos derivados del procedimiento selectivo de esta convocatoria, de acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, serán publicados en la página web de la Universidad Carlos III de Madrid, en el siguiente enlace: https://www.uc3m.es/empleo/pdi. 6. Comisiones de selección 6.1 La composición de las comisiones de selección son las que figuran en el anexo II de esta convocatoria. El nombramiento de las personas que las integran será efectivo mediante la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente convocatoria. Conforme a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la actuación de las personas suplentes no requerirá publicación adicional. 6.2 El régimen de constitución y actuación de las Comisiones será conforme a lo dispuesto en la Normativa UC3M ACG 12/02/2024, y en las Directrices de aplicación en los concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios aprobadas por el Consejo de Gobierno de la UC3M en sesión de 12 de febrero de 2024. 6.3 Las comisiones deberán constituirse en el plazo de los dos meses siguientes a la publicación de la convocat... [Contenido completo disponible en BOE oficial]