Publicada el

DICHOS CUERPOS

Cerrada 1 plazas Madrid

Información general

Fecha de publicación
23/02/2026
Fin del plazo
23/03/2026
Provincia
Madrid
Municipio
Madrid
Comunidad autónoma
Comunidad de Madrid
Órgano convocante
Consejería de Universidad

Resumen

Extraido del BOE oficial

Titulación requerida

DICHOS CUERPOS

Plazo de presentación

20 días hábiles

Disposiciones oficiales

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (en adelante, LOSU); en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos, y a tenor de lo establecido en el Decreto 212/2017, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la modificación de los Estatutos de la Universidad de Córdoba, aprobados por Decreto 280/2003, de 7 de octubre (BOJA núm. 4, de 5 de enero de 2018); en el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, modificado por el Real Decreto 1652/1991, de 11 de octubre, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las Universidades y las Instituciones Sanitarias, y la Resolución de 31 de julio de 2000, por la que se aprueba el concierto entre la Junta de Andalucía y la Universidad de Córdoba para la utilización de las instituciones sanitarias en la investigación y la docencia universitaria. Una vez autorizada la convocatoria de plazas de personal docente e investigador mediante orden de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía de 22 de julio de 2025, en ejecución de la oferta de empleo público de 2025 (BOJA núm. 90, de 14 de mayo de 2025), conforme a los acuerdos adoptados en la Comisión Mixta de Seguimiento del concierto entre la Junta de Andalucía y la Universidad de Córdoba para la utilización de las Instituciones Sanitarias en la Investigación y la Docencia celebrada el día 2 de julio de 2025, El Rectorado de la Universidad de Córdoba y la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, han resuelto convocar a concurso de acceso las plazas de Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios vinculadas con plaza asistencial de Facultativo Especialista de Área de la Institución Sanitaria concertada que se detallan en el anexo I de la presente resolución. Estas plazas no afectan al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos, ni a los demás límites fijados en la Ley Orgánica 1/2016, de 31 de octubre, de reforma de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera; se hallan dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de Córdoba e incluidas en su vigente relación de puestos de trabajo, y están sujetas a las siguientes Bases de convocatoria Primera. Normas generales. Al presente concurso le será de aplicación la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos; el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, modificado por el Real Decreto 1652/1991, de 11 de octubre, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las Universidades y las Instituciones Sanitarias; el Decreto 212/2017, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la modificación de los Estatutos de la Universidad de Córdoba, aprobados por Decreto 280/2003, de 7 de octubre (BOJA núm. 4, de 5 de enero de 2018); el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Córdoba, de fecha 30 de octubre de 2015, por el que se aprueba el Reglamento de concurso de acceso a cuerpos docentes universitarios, promociones internas y provisión de plazas docentes vacantes en la Universidad de Córdoba, modificado por Acuerdos de Consejo de Gobierno de 27 de febrero de 2020 y 26 de abril de 2024; el Reglamento 31/2020, aprobado por Consejo de Gobierno en sesión de 28 de mayo, por el que se establece la obligatoriedad de utilizar medios electrónicos en los procesos selectivos de puestos de trabajo del Personal Docente e Investigador y del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Córdoba (BOUCO de 28 de mayo de 2020); las presentes bases de convocatoria, las normas de general aplicación y, en lo no previsto, por las disposiciones estatales que regulan el régimen general de ingreso en la Administración pública. La vinculación de las plazas de cuerpos docentes universitarios con las plazas asistenciales del Servicio Andaluz de Salud será en la categoría de Facultativo Especialista de Área. No obstante, en el supuesto de que, en el momento de la toma de posesión, el concursante propuesto se encontrase en activo y ocupando el cargo de Jefe de Servicio o de Sección, obtenido por concurso-oposición en el mismo centro hospitalario y especialidad, se mantendrá en el mismo. Para los que ocupen el cargo de Jefe de Servicio o Sección con posterioridad a la Orden de 5 de febrero de 1985, les será de aplicación, para su mantenimiento, la normativa reguladora del sistema de promoción de tales cargos vigente en el momento de obtención de la plaza vinculada. Segunda. Requisitos de los candidatos. Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: 2.1 Requisitos generales: a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la máxima de jubilación forzosa. c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. e) Tener un adecuado conocimiento de la lengua castellana. Dicho requisito deberá ser acreditado a lo largo del proceso selectivo, para lo cual las respectivas comisiones podrán establecer, en su caso, pruebas específicas destinadas a verificar el cumplimiento de este requisito. 2.2 Requisitos específicos: a) Estar acreditado o acreditada para el cuerpo de Profesor Titular de Universidad por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) u órgano similar equivalente en el ámbito autonómico. Igualmente podrán presentarse los funcionarios del Cuerpo de Profesor/a Titular de Universidad, siempre que hayan desempañado su actividad en el puesto de origen durante, al menos, dos años, según lo dispuesto en el artículo 35.4 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos. b) Estar en posesión del Título de Especialista que se especifica en el anexo I de esta convocatoria. 2.3 Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera. Tercera. Solicitudes y documentación. Las solicitudes para participar en los concursos de acceso se ajustarán al modelo que se adjunta como anexo II a la presenta convocatoria, y estará disponible en la página web de la Universidad de Córdoba, accediendo, para su descarga, en el Portal del Personal/Convocatorias de Empleo PDI (Personal docente funcionario). Las solicitudes se dirigirán al señor Rector Magnífico de la Universidad de Córdoba en el plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Atendiendo a lo establecido en la disposición transitoria segunda del Reglamento 31/2020 de Consejo de Gobierno, aprobado en sesión ordinaria de 28 de mayo de 2020, por el que se establece la obligatoriedad de utilizar los medios electrónicos en los procesos selectivos de puestos de trabajo de Personal Docente e Investigador y de Administración y Servicios de la Universidad de Córdoba, las solicitudes de participación en el presente concurso deberán presentarse mediante Solicitud Genérica a través del Registro electrónico de la Universidad de Córdoba, a la que se puede acceder en el siguiente enlace https://sede.uco.es/GOnceOV/tramites/acceso.do?id=24, y a la que se incorporará la solicitud de participación en el proceso, junto con los documentos acreditativos de los requisitos exigidos para su admisión. Respecto a la configuración del ordenador, se recomienda consultar la guía básica de acceso a los trámites de la Sede Electrónica que se encuentra disponible en la Sección Ayuda de la Sede Electrónica. El peso máximo de los documentos que pueden adjuntarse a la solicitud es de 10 Mb. Se recomienda comprobar este extremo antes de comenzar la solicitud, y ajustarlo en caso de ser necesario. De no ser posible realizar el ajuste, se presentarán varias solicitudes, distribuyendo entre ellas los documentos adjuntos sin superar los 10 Mb por solicitud. Es imprescindible disponer de certificado electrónico, como medio de acreditación de identidad y firma electrónica de documentos. Los aspirantes con discapacidad podrán indicarlo en la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios necesarios para la realización de las pruebas en las que esta adaptación sea necesaria, debiendo adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de valoración que dictaminó el grado de discapacidad, en el que se acredite de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que se pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada y se acredite la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes a las plazas a las que optan. Si alguno de los interesados presentara su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que se haya realizado de forma efectiva la subsanación, según lo establecido en el apartado 4 del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Las notificaciones se practicarán en el lugar señalado a efectos de notificación por los aspirantes en sus solicitudes de participación, siendo responsabilidad exclusiva del concursante tanto los errores en la consignación del mismo como la comunicación a la administración de cualquier cambio de dicho lugar a efectos de notificación. Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de Córdoba, en concepto de derechos de examen, la cantidad de 40 euros, que ingresarán directamente o mediante transferencia en la cuenta núm. ES21 0049 2420 38 2014628248, abierta en la Entidad Banco Santander, bajo la denominación «Universidad de Córdoba. Oposiciones y Concursos», haciendo constar como concepto de ingreso «Código plaza ............... cuerpos docentes universitarios». La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de solicitudes no será subsanable y determinará la exclusión definitiva de los aspirantes. En ningún caso el a... [Contenido completo disponible en BOE oficial]

Más información

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-4149

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