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DICHOS CUERPOS («BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO» DE 6 DE SEPTIEMBRE); EL ARTÍCULO 10

Cerrada 1 plazas Madrid Personal Subalterno

Información general

Fecha de publicación
27/01/2026
Fin del plazo
24/02/2026
Provincia
Madrid
Municipio
Madrid
Comunidad autónoma
Comunidad de Madrid
Órgano convocante
Universidad de las personas que reúnan la condición de interesadas en procedimientos que puedan dar lugar en su incorporación como miembros de la comunidad universitaria; el Reglamento para la realización de reuniones y la adopción de acuerdos a distancia por parte de órganos colegiados de la Univer

Resumen

Extraido del BOE oficial

Titulación requerida

DICHOS CUERPOS («BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO» DE 6 DE SEPTIEMBRE); EL ARTÍCULO 10

Plazo de presentación

20 días hábiles

Disposiciones oficiales

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario («Boletín Oficial del Estado» de 23 de marzo) –en adelante LOSU–; el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos («Boletín Oficial del Estado» de 6 de septiembre); el artículo 105 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad; el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las universidades y las instituciones sanitarias; el convenio de colaboración entre la Generalitat, a través de la Conselleria de Sanidad, el Consorcio Hospital General Universitario de Valencia y la Universitat de València para la realización de prácticas docentes de titulaciones de Ciencias de la Salud, suscrito el 8 de julio de 2025 (DOGV 18 de agosto de 2025); y a tenor de lo establecido en el artículo 3 del Reglamento de Selección del Personal Docente e Investigador de la Universitat de València, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universitat de València de fecha 20 de febrero de 2024. En ejecución de la oferta de empleo público para el año 2025, relativa a plazas de cuerpos docentes universitarios y de profesorado permanente laboral de la Universitat de València, publicada en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» de 4 de junio de 2025, previa autorización de la Conselleria competente en materia de universidades, la Conselleria de Sanidad y la Universitat de València han resuelto convocar a concurso público (convocatoria 208/2025), la provisión de una plaza del cuerpo de Catedráticos y Catedráticas de Universidad, por promoción interna, vinculada a plaza asistencial de institución sanitaria concertada, relacionada en el anexo I de la presente resolución, dotada en el estado de gastos del presupuesto de la Universitat de València e incluida en su vigente relación de puestos de trabajo, con sujeción a las siguientes Bases de la convocatoria Primera. Normas generales. 1.1 El concurso se regirá por lo dispuesto en la LOSU; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público («Boletín Oficial del Estado» de 31 de octubre); el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos («Boletín Oficial del Estado» de 6 de septiembre); el Decreto 128/2004, de 30 de julio, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueban los Estatutos de la Universitat de València (DOGV 3 de agosto de 2004); el Reglamento de Selección del Personal Docente e Investigador de la Universitat de València, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universitat de València de fecha 20 de febrero de 2024; el Reglamento de administración electrónica de la Universitat de València, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universitat de València de fecha 23 de junio de 2020, que establece la obligatoriedad de relacionarse a través de medios electrónicos con la Universidad de las personas que reúnan la condición de interesadas en procedimientos que puedan dar lugar en su incorporación como miembros de la comunidad universitaria; el Reglamento para la realización de reuniones y la adopción de acuerdos a distancia por parte de órganos colegiados de la Universidad, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universitat de València de fecha 18 de febrero de 2019; así como por las bases de la presente convocatoria. En lo no previsto en las disposiciones anteriores se aplicará lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas («Boletín Oficial del Estado» de 2 de octubre), en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público («Boletín Oficial del Estado» de 2 de octubre) y en la Legislación General de Funcionarios Civiles del Estado. Segunda. Requisitos de las personas candidatas. Para ser admitido/a al proceso selectivo se han de reunir los siguientes requisitos, que deberán cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión. 2.1 Requisitos generales. a) Poseer la nacionalidad española o de un estado miembro de la Unión Europea o de aquellos estados a los que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar el/la cónyuge, descendientes y descendientes del/de la cónyuge, de los españoles y españolas y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados o separadas de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros estados cuando así se prevea en los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España. Igualmente podrán participar los aspirantes de nacionalidad extranjera no comunitaria cuando en el estado de su nacionalidad se reconozca a los españoles y españolas aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los funcionarios de los cuerpos docentes universitarios españoles. b) No haber alcanzado la edad de jubilación forzosa establecida por la legislación vigente en la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. c) Poseer el título de doctor o doctora. d) No haber sido separada o separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de empleos o cargos públicos o para el acceso al cuerpo o escala funcionarial. Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente, ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a profesor o profesora de universidad. f) Haber abonado la tasa establecida en la presente convocatoria o acreditar la exención del pago o bonificación. 2.2 Requisitos específicos. a) Ser funcionario o funcionaria del cuerpo de Profesores y Profesoras Titulares de Universidad y haber prestado, como mínimo, dos años de servicios efectivos en el puesto de origen. b) Estar acreditado o acreditada para el cuerpo docente de Catedráticos y Catedráticas de Universidad. Se considera que posee la acreditación regulada en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, el profesorado habilitado conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios y el régimen de los concursos de accesos respectivos. c) Poseer el título de especialista en ciencias de la salud que se especifica en el anexo I. Tercera. Presentación de solicitudes de participación. 3.1 Plazo de presentación: veinte días a contar desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BOE. Todos los plazos señalados en esta convocatoria se entienden que son hábiles, excluyendo del cómputo los sábados, domingos y los declarados festivos. 3.2 Las solicitudes se presentarán obligatoriamente a través del formulario electrónico correspondiente a la presente convocatoria que se encuentra en el entorno de tramitación electrónica de la Universitat de València en la siguiente dirección electrónica: https://seu.uv.es. La no utilización del citado formulario será motivo de exclusión, insubsanable, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes. En este entorno se realizarán todos los trámites de presentación de instancias y aportación de documentos. 3.3 El pago de la tasa (27 euros) se realizará mediante tarjeta bancaria a través de la pasarela de pagos a la cual se accede desde el formulario electrónico de la convocatoria, una vez finalizado el procedimiento de presentación telemática. Estarán exentas del pago de la tasa las personas que acrediten una discapacidad en grado igual o superior al 33 %, los miembros de familias numerosas de carácter especial, los miembros de familias monoparentales de categoría especial y las víctimas de actos de violencia sobre la mujer. Las personas aspirantes mencionadas en el párrafo anterior lo harán constar expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud y deberán presentar, en su caso, las certificaciones correspondientes que acrediten su condición de discapacidad, de ser miembro de familia numerosa o de familia monoparental (mediante certificado de la Conselleria de Bienestar Social u órgano competente) y las víctimas de actos de violencia sobre la mujer mediante cualquiera de los medios de prueba que prevé el artículo 9.1 y 9.2 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre de la Generalitat Valenciana, integral contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunidad Valenciana (DOGV 28 de noviembre de 2012). Disfrutarán de una bonificación del 50 % de la tasa las personas que formen parte de familias numerosas de categoría general y los miembros de familias monoparentales de categoría general. La falta de abono o un abono inferior a la cantidad indicada como tasas en el período de presentación de solicitudes, se considerará incumplimiento insubsanable que conllevará la inadmisión al concurso. La exclusión por no cumplir alguno de los requisitos de la convocatoria no comportará el derecho a la devolución de las tasas. De conformidad con lo establecido en el artículo 1.2-6 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de Tasas, no procederá la devolución de las tasas por derechos de examen si el pago indebido de éstas es por causas imputables exclusivamente a la persona candidata. 3.4 La «Guía para la presentación de solicitudes de participación en convocatorias de plazas de profesorado funcionario», que contiene las instrucciones para la cumplimentación del formulario electrónico, así como la forma de adjuntar la documentación a presentar por la persona solicitante se podrá encontrar en la página web del Servicio de Recursos Humanos PDI: http://www.uv.es/pdi o directamente a través del siguiente enlace electrónico https://go.uv.es/Hc2Leq7. La solicitud deberá ser cumplimentada siguiendo las instrucciones recogidas en esta guía. 3.5 Junto con la solicitud se presentará la siguiente documentación escaneada: a) Documento nacional de identidad o pasaporte. Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar, deberán presentar del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, de los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y las circunstancias de dependencia a las que se refiere la base 2.1.a) de esta convocatoria. Asimismo, cuando las personas aspirantes participen en las pruebas selectivas por su condición de cónyuges, además de los documentos señalados, deberán presentar declaración jurada o promesa de no hallarse separadas de sus respectivos cónyuges. b) Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos que señala la base segunda para participar en los concursos de acceso, excepto en el caso de los títulos de Doctor/a expedidos por la Universitat de València o de cualquier otro requisito cuya acreditación documental obre en los archivos de esta institución, en que no será necesario aportarlos. La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, se realizará mediante los documentos corre... [Contenido completo disponible en BOE oficial]

Más información

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-1977

Requisitos

  • Edad: 16 a 67 años.
  • Titulación: no se exige titulación académica (Agrupaciones Profesionales).
  • Nacionalidad española o UE.
  • No haber sido separado del servicio.

Información general sobre esta tipología. Completar con la publicada en la convocatoria oficial.

Salario

Agrupaciones Profesionales. Sueldo bruto inicial: 15.000–18.000 €/año. Con trienios y complementos específicos del puesto, los sueldos consolidados llegan a 18.000–22.000 €/año.

Información general sobre esta tipología. Completar con la publicada en la convocatoria oficial.

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