Publicada el

FUNCIONARIOS/AS DE LOS CUERPOS DOCENTES CORRESPONDIENTES AL 120 % DE LA TASA DE

Cerrada 1 plazas Madrid

Información general

Fecha de publicación
10/11/2025
Fin del plazo
08/12/2025
Provincia
Madrid
Municipio
Madrid
Comunidad autónoma
Comunidad de Madrid
Órgano convocante
Universidad de Alcalá

Resumen

Extraido del BOE oficial

Titulación requerida

FUNCIONARIOS/AS DE LOS CUERPOS DOCENTES CORRESPONDIENTES AL 120 % DE LA TASA DE

Plazo de presentación

20 días hábiles

Disposiciones oficiales

Una vez autorizada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en su sesión de 25 de junio de 2025, la convocatoria de plazas de funcionarios/as de los cuerpos docentes correspondientes al 120 % de la tasa de reposición en virtud de las bajas producidas en el año 2024, asimismo aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá, en su sesión de 17 de julio de 2025, y tras la publicación de la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el ejercicio 2025 de la Universidad de Alcalá por Resolución de fecha 22 de julio de 2025 (BOCM de 6 de agosto de 2025), Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de acceso las plazas que se relacionan en el anexo I de la presente resolución, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos, en los Estatutos de la Universidad de Alcalá en todo lo que no se oponga a las normas precedentes, en la Normativa reguladora de los concursos de acceso a las plazas de los cuerpos docentes universitarios –aprobada por el Consejo de Gobierno de esta Universidad en fecha 25 de abril de 2024– y por las demás normas de carácter general que resulten de aplicación, garantizando el respeto a los principios de publicidad, mérito, capacidad, igualdad, libre concurrencia y transparencia, y con arreglo a las bases que a continuación se indican: Primera. Para ser admitido a estos concursos son necesarios los siguientes requisitos generales: a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados en los que es de aplicación la libre circulación de trabajadores, así como sus cónyuges siempre que no estén separados de derecho, y los descendientes y los de sus cónyuges, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de parentesco y el de vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores. La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su país de origen, traducidos al español, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas. Si la solicitud es presentada por personas extranjeras cuya lengua materna sea diferente del castellano, en el momento de presentación de las solicitudes, deberán estar en posesión de una certificación oficial de nivel de idiomas de C1, conforme al Marco Común Europeo de Referencia de Lenguas, en español. b) Edad: Tener cumplidos 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente. c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración del Estado o de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado o en España, el acceso a la función pública. d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad. Segunda. Además de los requisitos generales para ser admitidos al concurso, los candidatos deberán acreditar: – Para el cuerpo docente de la plaza convocada, estar acreditado/a de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, o de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1312/2007, o bien haber resuelto habilitado/a conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio. Asimismo, no podrán participar en estos concursos quienes se hallen incursos en la prohibición contenida en el artículo 35.4 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, es decir, aquellos/as que no hayan desempeñado durante dos años, al menos, la plaza anteriormente obtenida en un concurso de acceso. Los requisitos enumerados en la presente base y en la base primera, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario/a de carrera del Cuerpo de Catedráticos/as de Universidad. Tercera. Quienes deseen tomar parte en los concursos de acceso remitirán la correspondiente solicitud electrónica en la Sede Electrónica de la Universidad de Alcalá (en adelante UAH) (con certificado electrónico o DNI electrónico), en el siguiente enlace: https://sede.uah.es/web/guest/convocatorias, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOE, adjuntando electrónicamente los siguientes documentos que acreditan que el interesado reúne los requisitos para participar en el presente concurso: a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad. b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos específicos que señala la base segunda para participar en el concurso de acceso por promoción interna. c) Si la solicitud es presentada por personas extranjeras cuya lengua materna sea diferente del castellano, certificación oficial de nivel de idiomas de C1, conforme al Marco Común Europeo de Referencia de Lenguas, en español. d) Justificación de haber efectuado el ingreso de los derechos de examen (42,33 euros) en la cuenta «Universidad de Alcalá. Oposiciones y concursos. Derechos de Examen Pruebas PDI», número ES03 0049 6692 872716216204 del Banco de Santander. La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias no es subsanable, y determinará la exclusión del aspirante. No obstante, de conformidad con texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, estarán exentos del pago de la tasa, debiéndose remitir en formato electrónico la correspondiente acreditación: – Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100. – Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos. – Las víctimas de violencia de género. – Las familias numerosas, en los siguientes términos: a) 100% de exención a los miembros de familias de categoría especial. b) 50% de exención a los miembros de familias de categoría general. Guía de presentación de las solicitudes en sede electrónica de la UAH: https://uah.atlassian.net/wiki/spaces/CAU/pages/459735057/Gu+a+para+presentaci+n+de+solicitudes+en+procesos+selectivos En caso de incidencias técnicas en la presentación electrónica a través de la sede electrónica de la UAH, podrá dirigirse a: https://uah.atlassian.net/servicedesk/customer/portal/13 En caso de incidencias técnicas de interesados no pertenecientes a la comunidad universitaria de la UAH podrán dirigirse al siguiente correo electrónico: firma.electronica@uah.es. En caso de ampliación de plazos de presentación de solicitudes se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la UAH: https://sede.uah.es/tablon/categoria/pdi/ La presentación de instancias será en todo caso electrónica a través de la sede de la UAH (https://sede.uah.es/web/guest/convocatorias), en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOE, mediante instancia debidamente cumplimentada y firmada: https://www.uah.es/export/sites/uah/es/empleo-publico/PDI/.galleries/Documentos-PDI/Instancia-Concurso.pdf. Excepcionalmente en el caso de que los interesados carezcan de los medios electrónicos necesarios, la presentación –en el mismo plazo indicado anteriormente– se podrá realizar mediante el uso del sistema de firma electrónica de funcionario habilitado. En este caso, será necesario que el interesado que carezca de los medios electrónicos necesarios se identifique ante el funcionario y preste su consentimiento expreso para esta actuación. Para los interesados con residencia en el extranjero que no tengan la posibilidad de obtener un certificado electrónico emitido por una entidad de confianza, podrán remitir la instancia siguiendo lo establecido en el párrafo anterior a través de la dirección de correo electrónico: registro.electronico@uah.es. Cuarta. 4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de quince días hábiles, la Universidad hará públicas las listas provisionales de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios de la UAH: https://sede.uah.es/tablon/categoria/pdi/ Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles para subsanar los motivos de su exclusión, preferentemente de forma electrónica, a través del enlace que se remitirá a los interesados. O en su caso, por registro electrónico de la sede electrónica de la UAH indicando en asunto el título de la presente resolución: https://sede.uah.es/web/guest/registro-electronico 4.2 Finalizado el plazo anterior, la Universidad hará pública por los mismos medios antes indicados la resolución declarando aprobada las listas definitivas de candidatos admitidos y excluidos, en el tablón de anuncios: https://sede.uah.es/tablon/categoria/pdi/. Contra esta resolución, los interesados podrán interponer recurso de reposición ante el Rector adjuntando la presente resolución, a través del siguiente enlace en el plazo de un mes: https://sede.uah.es/tgauth/login?redirect=%2Fov%2Ftramitar%3Fprocessdef%3DSOLICI%26param1%3DRECREP O contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, en ambos casos a contar desde el día siguiente a su publicación. Quinta. La composición de las comisiones es la que figura en el anexo III de esta convocatoria. En lo relativo a la constitución, sustituciones y funcionamiento de las mismas se estará a lo previsto en el artículo 6 de la Normativa reguladora de los concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios aprobada por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá en fecha 25 de abril de 2024 y, en lo que aplique, en el artículo 113 de los Estatutos de esta Universidad. Las comisiones deberán constituirse dentro de los dos meses siguientes a la fecha de publicación de las listas definitivas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as. Para ello, los/las Presidentes/as de la comisiones, realizadas las consultas pertinentes con los restantes miembros, convocará a los/las vocales titulares y, en su caso, suplentes, para proceder a los actos de constitución de las mismas, fijando día, hora y lugar, que les deberá ser notificado con una antelación mínima de diez días hábiles. Dicha constitución será, preferentemente, por medios electrónicos con las herramientas telemáticas soportadas por la Universidad de Alcalá. La constitución de las comisiones exigirá la presencia de la totalidad de sus miembros titulares. Si alguno no concurriera al acto, cesará y será sustituido por una de las personas designadas como suplente. Para que la comisión pueda actuar válidamente será necesaria la presencia de la persona que ocupe la presidencia, de la persona que ocupe la secretaría y de, al menos, la mitad más una de las personas designadas como vocales. En el acto de constitución, cada comisión fijará y hará público, antes del acto de presentación de las personas candidatas admitidas definitivas, el baremo desglosado para la valoración delsegún los siguientes criterios (para lo cual las personas candidatas ajustarán la presentación de sua los mismos): curriculum vitae curriculum vitae 1. Criterio general: Actividad ... [Contenido completo disponible en BOE oficial]

Más información

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2025-22727

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