Publicada el

FUNCIONARIOS/AS DE LOS CUERPOS DOCENTES CORRESPONDIENTES AL 120 % DE LA TASA DE

Cerrada 1 plazas Madrid

Información general

Fecha de publicación
03/02/2026
Fin del plazo
03/03/2026
Provincia
Madrid
Municipio
Madrid
Comunidad autónoma
Comunidad de Madrid
Órgano convocante
Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid

Resumen

Extraido del BOE oficial

Titulación requerida

FUNCIONARIOS/AS DE LOS CUERPOS DOCENTES CORRESPONDIENTES AL 120 % DE LA TASA DE

Plazo de presentación

20 días hábiles

Disposiciones oficiales

Una vez autorizada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en su sesión de 24 de mayo de 2023, la convocatoria de plazas de funcionarios/as de los cuerpos docentes correspondientes al 120 % de la tasa de reposición en virtud de las bajas producidas en el año 2022, asimismo aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá, en su sesión de 22 de junio de 2023, y tras la publicación de la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador para el ejercicio 2023 de la Universidad de Alcalá por Resolución de fecha 23 de junio de 2023 (BOCM de 6 de julio de 2023), El Rectorado de la Universidad de Alcalá y la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid han resuelto convocar a concurso de acceso por promoción interna la plaza que se relaciona en el anexo I de la presente resolución de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; en el Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos; en los Estatutos de la Universidad de Alcalá en todo lo que no se oponga a las normas precedentes; en el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, modificado por el Real Decreto 1652/1991, de 11 de octubre, por el que se establecen las bases generales del régimen de conciertos entre las Universidades y las Instituciones Sanitarias (en adelante, RDBG); en el Concierto entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad de Alcalá para la Enseñanza Clínica de Ciencias de la Salud, firmado el 23 de diciembre de 2022 (BOCM de 27 de diciembre); en la normativa reguladora de los concursos de acceso a las plazas de los cuerpos docentes universitarios –aprobada por el Consejo de Gobierno de esta Universidad en fecha 25 de abril de 2024– y por las demás normas de carácter general que resulten de aplicación, garantizando el respeto a los principios de publicidad, mérito, capacidad, igualdad, libre concurrencia y transparencia, y con arreglo a las bases que a continuación se indican. Primera. Para ser admitido a este concurso son necesarios los siguientes requisitos generales: a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados en los que es de aplicación la libre circulación de trabajadores, así como sus cónyuges siempre que no estén separados de derecho, y los descendientes y los de sus cónyuges, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de parentesco y el de vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores. La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su país de origen, traducidos al español, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas. Si la solicitud es presentada por personas extranjeras cuya lengua materna sea diferente del castellano, en el momento de presentación de las solicitudes, deberán estar en posesión de una certificación oficial de nivel de idiomas de C1, conforme al Marco Común Europeo de Referencia de Lenguas, en español. b) Edad: tener cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente. c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración del Estado o de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado o en España, el acceso a la función pública. d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad. Segunda. Además de los requisitos generales para ser admitidos al concurso, los candidatos deberán acreditar: a) Ser funcionario de carrera del cuerpo de Profesores/as Titulares de Universidad o de la Escala de Investigadores/as Científicos/as de los Organismos Públicos de Investigación o bien ser Profesor/a Contratado/a Doctor/a o Profesor/a Permanente Laboral, y haber prestado, como mínimo, dos años de servicios efectivos bajo dicha condición. b) Estar acreditado para el cuerpo docente de Catedráticos/as de Universidad de acuerdo con lo que prevé el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, o estar habilitado conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos. c) Acreditar estar en posesión del título oficial de especialista que corresponde a la plaza asistencial. Asimismo, no podrán participar en estos concursos quienes se hallen incursos en la prohibición contenida en el artículo 71.2 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, es decir, aquellos/as que no hayan desempeñado durante dos años, al menos, la plaza anteriormente obtenida en un concurso de acceso. Los requisitos enumerados en la presente base y en la base primera, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario/a de carrera del Cuerpo de Catedráticos/as de Universidad. Tercera. Quienes deseen tomar parte en el concurso de acceso por promoción interna remitirán la correspondiente solicitud a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Alcalá (en adelante UAH) (con certificado electrónico o DNI electrónico), en el siguiente enlace: https://sede.uah.es/web/guest/convocatorias, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOE, adjuntando electrónicamente los siguientes documentos que acrediten que se reúne los requisitos para participar en el presente concurso: a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad. b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos específicos que señala la base segunda para participar en el concurso de acceso por promoción interna. c) Si la solicitud es presentada por personas extranjeras cuya lengua materna sea diferente del castellano, certificación oficial de nivel de idiomas de C1, conforme al Marco Común Europeo de Referencia de Lenguas, en español. d) El pago de la tasa se realizará por alguno de los siguientes medios: – Mediante tarjeta bancaria, a través del procedimiento telemático de presentación de solicitudes. – Mediante transferencia bancaria, utilizando la carta de pago generada en el procedimiento de presentación de solicitudes. En este caso, la solicitud únicamente adquirirá validez una vez que se haya aportado la carta de pago debidamente validada por la entidad bancaria. La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias no es subsanable, y determinará la exclusión del aspirante. No obstante, de conformidad con Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, estarán exentos del pago de la tasa, debiéndose remitir en formato electrónico la correspondiente acreditación: – Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100. – Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos. – Las víctimas de violencia de género. – Las familias numerosas, en los siguientes términos: a) 100% de exención a los miembros de familias de categoría especial. b) 50% de exención a los miembros de familias de categoría general Excepcionalmente en el caso de que los interesados carezcan de los medios electrónicos necesarios, la presentación –en el mismo plazo indicado anteriormente– se podrá realizar mediante el uso del sistema de firma electrónica de funcionario habilitado. En este caso, será necesario que el interesado que carezca de los medios electrónicos necesarios se identifique ante el funcionario y preste su consentimiento expreso para esta actuación. Guía de presentación de las solicitudes en sede electrónica de la UAH: https://uah.atlassian.net/wiki/spaces/CAU/pages/459735057/Gu+a+para+presentaci+n+de+solicitudes+en+procesos+selectivos. En caso de incidencias técnicas en la presentación electrónica a través de la sede electrónica de la UAH, podrá dirigirse a: https://uah.atlassian.net/servicedesk/customer/portal/13. En caso de incidencias técnicas de interesados no pertenecientes a la comunidad universitaria de la UAH podrán dirigirse al siguiente correo electrónico: firma.electronica@uah.es. En caso de ampliación de plazos de presentación de solicitudes se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la UAH: https://sede.uah.es/tablon/categoria/pdi/. Las personas interesadas con residencia en el extranjero que no tengan la posibilidad de obtener un certificado electrónico emitido por una entidad de confianza, podrán remitir la instancia siguiendo lo establecido en el párrafo anterior a través de la dirección de correo electrónico: registro.electronico@uah.es. Cuarta. 4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de quince días hábiles, la Universidad hará públicas las listas provisionales de admitidos/as y excluidos/as en el tablón de anuncios de la UAH: https://sede.uah.es/tablon/categoria/pdi/. Las personas interesadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles para subsanar los motivos de exclusión, preferentemente de forma electrónica, a través del enlace que se les remitirá, o en su caso, por el registro electrónico de la sede electrónica de la UAH indicando en asunto el título de la presente resolución: https://sede.uah.es/web/guest/registro-electronico. 4.2 Finalizado el plazo anterior, la Universidad hará pública por los mismos medios antes indicados la resolución declarando aprobada las listas definitivas de candidatos/as admitidos/as y excluidos/as, en el tablón de anuncios: https://sede.uah.es/tablon/categoria/pdi/. Contra esta resolución, las personas interesadas podrán interponer recurso de reposición ante el Rector adjuntando la presente resolución, a través del siguiente enlace en el plazo de un mes: https://sede.uah.es/tgauth/login?redirect=%2Fov%2Ftramitar%3Fprocessdef%3DSOLICI%26param1%3DRECREP o contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, en ambos casos a contar desde el día siguiente a su publicación. Quinta. La composición de la comisión es la que figura en el anexo III de esta convocatoria. En lo relativo a la constitución, sustituciones y funcionamiento de la misma se estará a lo previsto en el artículo 6 de la Normativa reguladora de los concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios aprobada por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá en fecha 25 de abril de 2024 y, en lo que aplique, en el artículo 113 de los Estatutos de esta Universidad. La comisión deberá constituirse dentro de los dos meses siguientes a la fecha de publicación de las listas definitivas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as. Para ello, el/la Presidente/a de la comisión, realizadas las consultas pertinentes con los restantes miembros, convocará a los/las vocales titulares y, en su caso, suplentes, para proceder a los actos de constitución d... [Contenido completo disponible en BOE oficial]

Más información

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-2520

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