LA ESCALA DE TÉCNICOS DE GESTIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO
Cerrada
4 plazas
Murcia
Administrativo
Disposiciones oficiales
Con el propósito de satisfacer las necesidades de personal de esta Universidad y en ejecución de las ofertas de empleo público de la Universidad de Oviedo, aprobadas por sendos Acuerdos del Consejo de Gobierno de fechas 23 de diciembre de 2022 y 1 de diciembre de 2023 y publicadas en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» de fechas 30 de diciembre de 2022 y 29 de diciembre de 2023, respectivamente, tras haber sido negociadas en la Mesa de Negociación del PAS funcionario, e informada por la Junta de Personal Funcionario no Docente, este Rector, en ejercicio de las competencias que le atribuyen el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) del mismo texto legal, así como el artículo 65 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por el Decreto 77/2024, de 5 de diciembre, del Principado de Asturias, resuelve convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad de Oviedo, Grupo A –Subgrupo A1– por el sistema general de acceso libre, con sujeción a las siguientes Bases de la convocatoria 1. Normas generales 1.1 Se convocan pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a cuatro plazas de la Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad de Oviedo, Grupo A –Subgrupo A1–. 1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en la medida que continúe vigente, la Ley 2/2023, de 15 de marzo, de Empleo Público, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, el Decreto 77/2024, de 5 de diciembre, del Principado de Asturias, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Oviedo, y lo dispuesto en la presente convocatoria. 1.3 El proceso de selección se realizará mediante el sistema de oposición, con las pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I de esta convocatoria. Los aspirantes que superen estas pruebas selectivas serán nombrados por el orden de puntuación obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso. 1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria, de acuerdo con la legislación en vigor en la fecha del examen. 1.5 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario: 1.5.1 El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará una vez transcurridos seis meses, como mínimo, desde la publicación de esta convocatoria, determinándose en la Resolución que se indica en la base 4.3 el lugar y la fecha de realización. 1.5.2 El resto de los ejercicios se señalarán por Acuerdo del Tribunal, debiendo mediar entre ellos, como mínimo un mes, teniendo la oposición, en su conjunto, una duración máxima de un año desde la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». 1.6 Con la firma de la solicitud para participar en estas pruebas selectivas, se autoriza el uso de los datos personales, tales como nombre, apellidos y DNI a efectos de ser incluidos en los listados que puedan ser publicados en los tablones de anuncios de Gerencia, Registro General y Registros Auxiliares de la Universidad, en página web de la Universidad de Oviedo y en los Boletines Oficiales, tanto a efectos de esta convocatoria como de la gestión de la bolsa de trabajo. 2. Requisitos de los aspirantes 2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública (artículo 56 de Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público) y, en particular, estar en posesión del título de Licenciado, Grado o equivalente. 2.2 Los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera. 3. Solicitudes 3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar la solicitud que figura como anexo IV. 3.2. Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo, deberán solicitarlo mediante instancia, según modelo que figura como anexo IV de esta convocatoria, que se presentará a través del tramitador electrónico de la Universidad de Oviedo, directamente, o con el apoyo de las Oficinas de asistencia en materia de registro de la Universidad de Oviedo, cuyas sedes se encuentran ubicadas en la Plaza de Riego, n.º 4, Oviedo, en el Servicio Administrativo del Campus de Mieres, en el Servicio Administrativo del Campus de Gijón, en el Servicio de Administración del Campus del Milán, en el Campus del Cristo «A» de Oviedo (Aulario de Ciencias Jurídico-Sociales, Planta Baja, C/ Catedrático Valentín Andrés Álvarez) y en el Centro de Servicios Universitarios en Avilés (C/ La Ferrería, n.º 7-9), o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la fecha de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirán al señor Rector de la Universidad de Oviedo. Los sucesivos actos y resoluciones serán publicados en la página web de la Universidad de Oviedo. La instancia se facilitará gratuitamente en las mencionadas oficinas de asistencia al registro. De igual modo, el modelo de solicitud se encontrará disponible en la página web de la Universidad de Oviedo. 3.3 Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones para cumplimentar la solicitud: 3.3.1 En el recuadro de la solicitud destinado a «Cuerpo o Escala» se hará constar «Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad de Oviedo». 3.3.2 En el recuadro destinado a «Forma de acceso» señalarán la letra L. 3.3.3 En supuestos de discapacidad se hará constar dicha condición, así como el grado reconocido por las autoridades competentes, acompañando la correspondiente justificación, debiendo cumplimentar, en el caso, en que sea necesario, la adaptación de tiempo y/o medios que se solicitan para la realización de las pruebas. 3.3.4 Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas y no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el ejercicio de éstas. Quienes tengan la condición de personas con discapacidad reconocida por el órgano competente, deberán acreditar la compatibilidad de sus limitaciones en la actividad con las funciones propias de las plazas. 3.4 Los derechos de examen serán de 42 euros, se ingresarán en Unicaja, Número de cuenta: ES92 2103 8557 1100 3000 0604, bajo el nombre, «Pruebas Selectivas para el ingreso en la Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad de Oviedo». Constará como nombre del remitente el del mismo aspirante y se adjuntará una copia del resguardo de la imposición. La falta de pago de estos derechos no es subsanable y determinará la exclusión del aspirante. 3.5 A la solicitud se acompañará: 3.5.1 Fotocopia del documento nacional de identidad o documento que acredite las condiciones exigibles a las personas que no tengan nacionalidad española. 3.5.2 Justificante de haber abonado los derechos de examen. 3.5.3 Fotocopia del título de Licenciado, Grado o equivalente. 3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado. 4. Admisión de aspirantes 4.1 Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Oviedo, a propuesta del Tribunal Calificador, dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en la página web de la Universidad de Oviedo, y aprobará las listas provisionales de admitidos y excluidos con indicación de las causas de la exclusión. En la lista deberán constar en todo caso los apellidos, nombre y algunos dígitos del número del Documento Nacional de Identidad. 4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en la página web de la Universidad de Oviedo, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen sobre la omisión, justificando el derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas. 4.3 Seguidamente, el Rector de la Universidad dictará Resolución, aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se publicará en la página web de la Universidad de Oviedo, y contra ella se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano convocante, en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a su publicación, indicándose que, en este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La Resolución definitiva señalará el lugar, la fecha y la hora de realización del primer ejercicio. 5. Tribunales 5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura en el anexo III a esta convocatoria. 5.2 Los miembros del Tribunal y el Secretario deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público o hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de esta convocatoria en los cinco años anteriores a la publicación de la misma. El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el párrafo anterior. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, a tenor del artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. 5.3 La autoridad convocante publicará en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» Resolución por la que se nombre a los miembros del Tribunal que sustituyan a los que hayan perdido su condición por causa de abstención o recusación. 5.4 Actuará como Secretario, al amparo de lo previsto en el artículo 16 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, un funcionario al servicio de la Universidad de Oviedo, que actuará con voz y sin voto. 5.5 Previa convocatoria del Presidente, para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente, el Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. En la sesión constitutiva el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de estas pruebas selectivas. 5.6 A lo largo del proceso selectivo el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de esta convocatoria y determinará las actuaciones convenientes en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público. 5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación ... [Contenido completo disponible en BOE oficial]