Publicada el

LA GAVIDIA

Cerrada 363 plazas Granada

Información general

Fecha de publicación
02/01/2026
Fin del plazo
30/01/2026
Provincia
Granada
Municipio
y Las agrupaciones de Oficinas de Justicia: Organización y Competencias
Comunidad autónoma
Andalucía
Órgano convocante
Ministerio de la Presidencia

Resumen

Extraido del BOE oficial

Titulación requerida

LA GAVIDIA

Plazo de presentación

20 días hábiles

Disposiciones oficiales

Con la finalidad de atender las necesidades de personal de la Administración de Justicia y en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 651/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025, Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia, y de conformidad con la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, previa negociación en la mesa sectorial de la Administración de Justicia y autorización de la Dirección General de la Función Pública: Acuerda convocar proceso selectivo de acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, con las plazas ofertadas para este Cuerpo de funcionarios en el Real Decreto 651/2025, de 15 de julio, que aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025. La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, el Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de octubre de 2025, por el que se aprueba el IV Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos Vinculados o Dependientes de Ella, y el libro segundo del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo y se desarrollará de acuerdo con bases, en las que se han tenido en cuenta los criterios, en cuanto sean de aplicación al sector Administración de Justicia, contenidos en el acuerdo de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado (artículo 36.3 TREBEP) sobre los criterios generales que deben regir la selección del personal a través de los procesos de promoción interna. Bases Las bases por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado y por el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Actuación y Funcionamiento del Sector Público por Medios Electrónicos, en lo que resulten de aplicación y no contradigan a las presentes. En lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y el resto de la normativa del Estado sobre Función Pública. Esta convocatoria se publicará en las páginas webs del punto de acceso general (www.administracion.gob.es) y del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, www.mjusticia.gob.es (Ciudadanos-Empleo público). 1. Descripción de las plazas 1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir por promoción interna y sistema selectivo de concurso-oposición, un total de 363 plazas en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (código 001), de acuerdo con el siguiente cuadro: La convocatoria de las plazas se llevará a cabo conjuntamente por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y las Comunidades Autónomas con la competencia de justicia transferida, de acuerdo con la siguiente distribución territorial: Los aspirantes podrán concurrir únicamente por uno de estos ámbitos territoriales, según las instrucciones detalladas en el anexo III. Cuando el número de plazas o el mejor desarrollo de los procesos selectivos lo aconseje, se podrán agrupar las vacantes correspondientes a uno o varios territorios solamente a efectos de la ejecución del proceso selectivo; de modo que en la orden por la que se convoque el primer ejercicio se detallará en qué sede se examinarán. Así, aunque se examinen en una sede diferente a la localidad del ámbito por el que concurren como provincia de examen, de resultar aprobados o aprobadas en la convocatoria, serán destinados o destinadas obligatoriamente a alguna de las vacantes radicadas en el ámbito territorial que hubieran expresado. 1.2 Del total de las plazas convocadas, 36 plazas lo son por el cupo reserva personas con discapacidad, con la distribución territorial reflejada en el punto 1.1, para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, siempre que acrediten el indicado grado de discapacidad, marquen la casilla correspondiente en la solicitud, posean la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias que corresponden al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa y superen las pruebas selectivas. Las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad que queden desiertas se acumularán a las del cupo general de promoción interna de esta convocatoria. Los aspirantes que opten por el cupo de reserva para personas con discapacidad no podrán participar por el cupo general de promoción interna. Las personas aspirantes que opten por el cupo de reserva para personas con discapacidad habrán de indicarlo en la solicitud de participación en la respectiva convocatoria, marcando la casilla correspondiente en la solicitud. Quienes soliciten participar por el cupo reserva de personas con discapacidad, únicamente podrán presentarse por este cupo. La contravención de esta norma determinará la exclusión de la persona aspirante que no la hubiese observado. De la misma manera, las personas aspirantes que hubieran optado por el cupo general no podrán cambiar al de reserva para personas con discapacidad. Excepcionalmente, quienes hubieran solicitado el reconocimiento de la condición legal de personas con discapacidad antes del día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la presente convocatoria y que la hubieran obtenido con posterioridad y con efectos retroactivos anteriores a la finalización de la presentación de instancias, podrán solicitar cambio de cupo dentro de su mismo ámbito territorial de elección hasta el día de la publicación de las listas definitivas de personas admitidas y excluidas. 1.3 Las personas aspirantes sólo podrán participar por un único ámbito territorial y, en caso de superar el proceso selectivo, obtendrán necesariamente destino dentro del ámbito territorial por el que concurren. Las plazas que queden desiertas en un ámbito territorial no se podrán acumular a otro distinto. No se admitirá la modificación del ámbito territorial elegido una vez presentada la solicitud. 1.4 Las presentes bases de convocatoria se publicarán de forma simultánea en el «Boletín Oficial del Estado» y en los boletines oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas. En el supuesto de que dicha simultaneidad no fuera posible, todos los términos y plazos establecidos en la presente orden se contarán a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 2. Proceso selectivo 2,1. El proceso selectivo tendrá lugar por el sistema de concurso-oposición. La fase de oposición será eliminatoria y se desarrollará en primer lugar con los ejercicios, puntuaciones y valoraciones que se especifican en el anexo I-A de esta convocatoria. A las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición, pasarán a la fase de concurso, y se les aplicará el baremo de méritos que se especifican en el anexo I-B de esta convocatoria. 2.2 La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones finales obtenidas en cada una de las fases de oposición y concurso. 2.3 En ningún caso podrá declararse superado el proceso selectivo en cada ámbito territorial a un número mayor de aspirantes que el de plazas objeto de esta convocatoria, siendo nulas de pleno derecho las propuestas de personas aprobadas que contravengan esta limitación. 2.4 En caso de empate, la prelación de las personas aspirantes se establecerá como sigue: primará la mayor puntuación obtenida en los méritos profesionales, en segundo lugar, la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso; y en tercer lugar en la fase de oposición. Por último, si aún persistiera el empate primará la primera letra del primer apellido empezando por la letra «U»de acuerdo con la Resolución de 28 de julio de 2025, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado. En el supuesto de que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «U», el empate se dirimirá por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «V», y así sucesivamente. , 3. Programa El programa que ha de regir en la fase de oposición se contiene en el anexo II de esta convocatoria. El contenido del temario para todos los ejercicios de la oposición se ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en la fecha de la presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor. 4. Titulación y otros requisitos de participación Para ser personas admitidas a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario o funcionaria de carrera, los siguientes requisitos de participación: 4.1 Nacionalidad: Tener la nacionalidad española. 4.2 Edad: Tener dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa. 4.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado, Grado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalentes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea. 4.4 Capacidad: Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones propias del Cuerpo al que aspiran. 4.5 Habilitación: a) No haber sido condenado o condenada por delito doloso a penas privativas de libertad, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación. b) No haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpos o Escalas de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. c) No pertenecer al mismo Cuerpo a cuyas pruebas selectivas se presenten. 4.6 Para participar en este proceso de acceso por promoción interna, las personas aspirantes deberán reunir todos los requisitos que previamente se han establecido, con carácter general, para el acceso al Cuerpo de Gest... [Contenido completo disponible en BOE oficial]

Más información

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-85

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