Disposiciones oficiales
Antecedentes Primero. El Delegado del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Santa Cruz de Tenerife, ha elaborado las bases de la convocatoria para el proceso selectivo para cubrir plaza de personal laboral fijo por el sistema general de acceso libre (concurso-oposición) de Técnico/a Superior (Jurídico/a) con cargo a la Oferta de Empleo Público para el año 2025 según Real Decreto 651/2025, de 15 de julio (BOE núm. 170, de 16 de julio de 2025), que se remitieron a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio para la Transformación digital y de la Función Pública para someterlas a informe. Segundo. Por parte de la Dirección General de Función Pública se emite informe favorable condicionado al cumplimiento de las observaciones realizadas. Tercero. El 7 de Mayo de 2024 se acuerda por el Pleno la aprobación de las delegaciones de competencias BOE núm. 170, de 15 de julio del 2024: «Delegar el ejercicio de las siguientes competencias atribuidas por los Estatutos al Pleno en el Delegado Especial del Estado en la Zona Franca: B) En materia de personal. a. Dirigir el personal de la entidad. b. Solicitar los informes preceptivos. c. Aprobar las bases de las convocatorias, convocar, tramitar y resolver los procesos selectivos del personal. d. Iniciar y resolver los expedientes disciplinarios del personal de la entidad.» Resuelvo: Primero. Aprobar la convocatoria para la cobertura de la plaza y el proceso selectivo por el sistema general de acceso libre (concurso-oposición) para cubrir la plaza de Técnico Superior (jurídico), Personal Laboral Fijo, fuera de convenio, con cargo a la Oferta de Empleo Público para el año 2025 en virtud del Real Decreto 651/2025, de 15 de julio (BOE núm. 170, de 16 de julio de 2025, conforme a las bases que se adjuntan a la presente resolución, como anexo. Todo ello, de conformidad con la Orden HAC/143/2024, de 19 de febrero, por la que se designa al Delegado Especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Santa Cruz de Tenerife, con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley de Estatuto Básico del Empleado Público y en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo. Así como la Orden HAP/356/2015, de 24 de febrero, por la que se modifica la Orden EHA/93/2006, de 18 de enero, por la que se autoriza la constitución de una zona Franca de control tipo II en el puerto de Santa Cruz de Tenerife; y se aprueba la modificación de los Estatutos del Consorcio de la Zona Franca de Santa Cruz de Tenerife. Segundo. Mandar a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», en el Punto de Acceso General, www.administracion.gob.es. y en el portal web del Consorcio de la Zona Franca de Santa Cruz de Tenerife https://zonafrancatenerife.es la presente resolución. Santa Cruz de Tenerife, 18 de Diciembre de 2025.–El Delegado Especial del Estado en la Zona Franca de Santa Cruz de Tenerife, Manuel Fernando Martínez Álvarez. ANEXO Bases de la convocatoria del proceso de selección por el sistema de concurso-oposición, para ocupar una plaza de Técnico/a Superior (Jurídico/a), personal laboral fijo, fuera de convenio en el Consorcio de la Zona Franca de Santa Cruz de Tenerife A efectos de cumplir el plazo del 31 de diciembre de 2025, previsto en el artículo 108.2 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, que establece que las convocatorias deberán publicarse en el mismo año natural de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la oferta de empleo público en la que se incluyan las plazas, se convoca el presente proceso de selección para seleccionar a las personas que mejor se adapten al puesto de trabajo, evaluando los conocimientos, habilidades, capacidades y aptitudes. La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, y Resolución de 20 de octubre de 2025, de la Secretaría General de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de octubre de 2025, por el que se aprueba el IV Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella (BOE núm. 265, de 4 de noviembre de 2025), y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, de eliminación de ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público, que se desarrollará de acuerdo a las presentes bases. Al amparo de lo establecido en el Real Decreto 651/2025, de 15 de julio (BOE núm. 170, de 16 de julio de 2025), por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025, que incorpora en su anexo I, dos plazas para el Consorcio de la Zona Franca de Santa Cruz de Tenerife, y de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad que rigen para personal de nuevo ingreso, recogidos en el artículo 55 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se convocan procesos selectivos por el sistema de concurso-oposición para cubrir la plaza de personal laboral fijo fuera de convenio que se indica a continuación. I. Objeto, ámbito y normativa reguladora 1.1 Objeto. Es objeto de estas bases la regulación de las normas generales y requisitos a las que habrán de ajustarse las convocatorias y las pruebas de evaluación del proceso de selección. 1.2 Ámbito territorial y funcional. El proceso de selección se convoca y celebra en el ámbito territorial y funcional del Consorcio de la Zona Franca. 1.3 Normativa reguladora. El proceso de selección se regirá por lo dispuesto en estas bases, y en lo no previsto en las mismas, serán de aplicación las disposiciones de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y restante normativa general de aplicación. II. Puesto ofertado Se convoca proceso selectivo para cubrir 1 plaza de personal laboral fijo fuera de convenio, en la categoría de Técnico/a Superior (jurídico/a), por el procedimiento de concurso-oposición, con la valoración y puntuación que se especifica en estas bases. La persona seleccionada estará sujeta a la normativa laboral aplicable a los empleados públicos del Consorcio de la Zona Franca de Santa Cruz de Tenerife, así como a la normativa presupuestaria. La prestación del servicio quedará sometida a la legislación vigente en materia de incompatibilidades. En el anexo I de las presentes bases se describe el contenido (misión, funciones y perfil de competencias) del puesto que se oferta. Toda la información relativa a la convocatoria y sus bases será publicada en el Punto de Acceso General, www.administracion.gob.es. Esta convocatoria está sujeta a lo dispuesto en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos. III. Requisitos de los aspirantes Las personas aspirantes deberán cumplir con los siguientes requisitos a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes: 1. Nacionalidad: a) Tener nacionalidad española. b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea. c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los cónyuges, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. e) Las personas extranjeras que no estando incluidas en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España. 2. Tener cumplidos dieciséis años y, en su caso, no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.1c) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. 3. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. 4. Estar en posesión o en condición de obtener antes de la fecha límite de presentación de solicitudes para formar parte del proceso selectivo, Titulación Universitaria (Licenciatura, grado o equivalente) en Derecho o su equivalencia de nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES) que a su vez se corresponde con el nivel 7 del Marco Europeo de Cualificaciones, mediante la obtención de un grado en Derecho complementado con un Máster de especialización en el área del grado. Las equivalencias de títulos deberán ser acreditadas por los aspirantes conforme a su normativa correspondiente. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del certificado de equivalencia, expedidos por la autoridad española competente. Este requisito no se aplicará a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario. 5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. La falsificación de cualquier dato o documento aportado en el proceso selectivo será causa de eliminación de la persona candidata en el propio proceso. IV. Participación de personas con discapacidad Las personas que se presenten con discapacidad habrán de tener reconocido un grado igual o superior al treinta y tres por ciento debiendo adjuntar la certificación de los órganos competentes de las Administraciones públicas que acredite la capacidad para el desempeño de las tareas que correspondan al puesto ofertado en la convocatoria. En los supuestos de discapacidad física o psíquica, esta deberá acreditarse mediante la entrega, con la solicitud de participación en el proceso de selección de certificado de discapacidad igual o superior al 33 % expedido por el órgano competente de la Administración autonómica, junto con certificado funcional de compatibilidad con el puesto de trabajo asociado a la plaza que pretende cubrirse. Igualmente, con las solicitudes de participación en los procesos de selección deberán aportarse las solicitudes de adaptación de tiempos y medios a las que los/as aspirantes con discapacidad tengan derecho, para el desarrollo del proceso selectivo con plena garantía del derecho de acceso al empleo público en condiciones de igualdad, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, así como la normat... [Contenido completo disponible en BOE oficial]