PERSONAL LABORAL DE LA CATEGORÍA DE TÉCNICO/A AUXILIAR DE INSTALACIONES DEPORTIV
Cerrada
1 plazas
Las Palmas
Auxiliar Administrativo
Disposiciones oficiales
De conformidad con lo establecido en el artículo 22 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, previo acuerdo entre la Gerencia de la Universidad, el Comité de Empresa y las Secciones Sindicales, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y los Estatutos de la Universidad de Huelva, aprobados por Decreto 232/2011, de 12 de julio, BOJA núm. 147, de 28 de julio, modificados por Decreto 35/2018, de 6 de febrero, BOJA núm. 30, de 12 de febrero de 2018, en virtud de lo dispuesto en la Orden de 21 de julio de 2025, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, donde se autoriza a la Universidad de Huelva, para convocar plazas de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios, en ejecución de las Ofertas de Empleo Público de 2022, 2023, 2024, 2025 y complementarias de 2023 y 2024, y con sujeción a las bases que se acompañan, Este Rectorado resuelve convocar proceso selectivo para ingreso en la categoría de Técnico/a Auxiliar de Instalaciones Deportivas de la Universidad de Huelva, por el sistema de concurso-oposición, con sujeción a las siguientes Bases de la convocatoria 1. Normas generales 1.1 Número de plazas convocadas. Se convoca proceso selectivo para cubrir 1 plaza de personal laboral fijo en la categoría profesional de Técnico/a Auxiliar de Instalaciones Deportivas, Grupo IV, por el sistema de concurso-oposición libre. Podrá ampliarse el número de plazas inicialmente convocadas con las nuevas vacantes que se produzcan en el intervalo que medie desde la publicación de la convocatoria hasta la resolución definitiva del proceso selectivo, sin implicar un nuevo plazo de presentación de solicitudes, siempre que el contenido y desarrollo de las nuevas Leyes de Presupuestos Generales del Estado de aplicación, y demás normativa estatal y autonómica de obligado cumplimiento, lo permitan. 1.2 Las presentes pruebas selectivas se regirán por lo dispuesto en el IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, los Estatutos de la Universidad de Huelva, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y lo dispuesto en la presente convocatoria, así como el resto de normativa que resulte de aplicación. 1.3 Procedimiento de selección. El sistema selectivo será el de concurso-oposición, que constará de las siguientes fases: fase de oposición y fase de concurso, con las pruebas, puntuaciones y méritos que se especifican en la base sexta de esta convocatoria. 1.4 El programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo I de la presente convocatoria. 1.5 Superará el proceso selectivo aquella persona aspirante que, sumadas las puntuaciones de las fases de oposición y de concurso, haya obtenido mayor puntuación. 1.6 Concluido el proceso selectivo, la persona aspirante que lo hubiera superado será contratada como personal laboral fijo en la categoría de Técnico/a Auxiliar de Instalaciones Deportivas. 1.7 El primer ejercicio de la fase de oposición no se realizará antes del 1 de febrero de 2026. La fecha, hora y lugar del mismo se fijarán en la Resolución del Rectorado de la Universidad de Huelva que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» por la que se aprueben las listas provisionales de personas admitidas y excluidas. 1.8 La información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas que participen en el procedimiento o a las interesadas en el mismo se publicará en el Tablón Electrónico Oficial (TEO) de la Universidad de Huelva. Además, los actos derivados de la presente convocatoria se publicarán en la web https://www.uhu.es/gestion-pas/, únicamente con carácter informativo. 1.9 Esta convocatoria se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y en el «Boletín Oficial del Estado», siendo la publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», la que se tomará como referencia a los efectos del cómputo de plazos para presentación de instancias y el resto de resoluciones administrativas derivadas de esta convocatoria. 2. Requisitos de las personas aspirantes 2.1 Para poder participar en el proceso selectivo las personas aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular: a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. c) Estar en posesión del título de Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria, Bachiller Elemental, Graduado Escolar o equivalente, Formación Profesional de Primer Grado o experiencia laboral equiparable, con categoría profesional reconocida en convenio colectivo, o en condiciones de obtenerlo en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes. A efectos de equiparación de la experiencia laboral con las titulaciones exigidas se estará a lo dispuesto en el artículo 15.3 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario. d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la categoría de Técnico/a Auxiliar de Instalaciones Deportivas. e) No padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones. f) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de las funciones públicas. En el caso de ser nacional de otro Estado, además, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. 2.2 Todos los requisitos enumerados en los apartados anteriores deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la contratación. 3. Solicitudes 3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de «Solicitud de participación» que se acompaña como Anexo II a esta convocatoria, y que estará disponible en la página web de la Unidad de Gestión del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Huelva. 3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de esta Universidad (calle Doctor Cantero Cuadrado, núm. 6, planta baja, 21071 Huelva), en el Registro General Auxiliar (Campus de «El Carmen»), a través del Registro Telemático en la sede electrónica de la Universidad de Huelva: https://sede.uhu.es, o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Huelva. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el personal funcionario de Correos antes de ser certificadas. 3.3 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro del plazo de los diez días siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada. 3.4 Las personas aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33 %, que deseen participar en las pruebas selectivas, deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea necesaria, debiendo adjuntar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición expedida por el organismo competente. Para justificarlo, se deberá adjuntar a la solicitud certificado, en vigor y actualizado, acreditativo del grado reconocido de discapacidad del órgano que corresponda e informe del Centro de Valoración correspondiente en el que consten las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios objeto de esta convocatoria, en su caso. 3.5 Los derechos de examen serán de 15 euros, y se ingresarán en cualquier sucursal de la entidad Banco Santander en la cuenta con IBAN ES49 0049 4960 4423 1610 8758, a nombre de la Universidad de Huelva, indicando «Técnico/a Auxiliar de Instalaciones Deportivas». La falta de pago de los derechos de examen durante el plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de la persona aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2. Quedan exentos del abono de la tasa de derecho a las pruebas selectivas los siguientes colectivos: – Las personas aspirantes que acrediten tener un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, conforme a lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto 93/2006, de 9 de mayo, deberán aportar certificado, en vigor y actualizado, acreditativo de tal condición y del grado de discapacidad que tengan reconocido, expedido por el órgano competente. – Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos, aportarán resolución administrativa o judicial firme del reconocimiento de tal condición. – Las víctimas de violencia de género, según la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Genero, y Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de Medidas de Prevención y Protección Integral contra la Violencia de Género, la acreditación deberá efectuarse mediante la resolución judicial otorgando la orden de protección a favor de la víctima, sentencia condenatoria, medida cautelar a favor de la víctima, o cualquier otra en la que el órgano judicial estime la existencia de cualquiera de los delitos o faltas que constituyen el objeto de la citada Ley Orgánica. Excepcionalmente, podrá acreditarse esta situación con el informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de que la persona solicitante es víctima de la violencia de género hasta tanto no se dicte la orden de protección o resolución judicial equivalente. – Las familias numerosas: el 100% de exención a las de categoría especial y al 50 % a las de categoría general. Adjuntarán título vigente acreditativo de tal condición, expedido por la Comunidad Autónoma correspondiente. – Las personas desempleadas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», acreditarán con el correspondiente certif... [Contenido completo disponible en BOE oficial]