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TRABAJO EN EL SERVICIO COMÚN DE TRAMITACIÓN DEL PARTIDO JUDICIAL DE DOS HERMANAS

Cerrada 1 plazas Sevilla Bombero

Información general

Fecha de publicación
02/04/2026
Fin del plazo
30/04/2026
Provincia
Sevilla
Municipio
Sevilla
Comunidad autónoma
Andalucía
Órgano convocante
Consejería de Justicia

Resumen

Extraido del BOE oficial

Titulación requerida

TRABAJO EN EL SERVICIO COMÚN DE TRAMITACIÓN DEL PARTIDO JUDICIAL DE DOS HERMANAS

Plazo de presentación

20 días hábiles

Disposiciones oficiales

En cumplimiento del artículo 522.2, Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, se dicta la Orden de 23 de mayo de 2025 por la que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales de los partidos judiciales incluidos en la primera fase de implantación, del Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, donde se recogen diversos puestos singularizados cuya forma de provisión es el sistema de concurso específico, en los términos recogidos en los artículos 49 y siguientes del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia. Existiendo plaza vacante en las jefaturas de Andalucía, se convoca la misma, en la que podrán participar el personal de justicia de todo el ámbito territorial. El concurso específico consta de dos fases. La primera, de comprobación y valoración de los méritos generales. La segunda, de valoración de los méritos específicos. Para la valoración de las aptitudes concretas de la segunda fase el referido reglamento faculta la posibilidad de establecer la elaboración de memorias o la celebración de entrevistas que deberán especificarse necesariamente en la convocatoria. La presente convocatoria no prevé la celebración de entrevistas, sin perjuicio de que puedan exigirse en futuras convocatorias. De acuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y teniendo en cuenta los artículos 49 y siguientes del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, la Secretaría General de Servicios Judiciales, en el uso de las competencias que le atribuye el artículo 6 del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, resuelvo: Primero. Objeto. 1. La presente convocatoria tiene por objeto la provisión por el sistema de concurso específico, de la relación de puesto incluido en el anexo I, en el que consta la plaza ofertada, la localidad y se indica el complemento específico, el cuerpo al que está adscrito, y los méritos específicos. 2. La descripción del puesto, las especificaciones derivadas de la naturaleza de la función encomendada y la relación de las principales tareas se encuentra descrita en la Orden de 22 de mayo de 2025, por la que se acuerda el diseño y estructura de la Oficina Judicial para los Tribunales Colegiados y Tribunales de Instancia y la Oficina de la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 99, de 27 de mayo de 2025). Segundo. Requisitos y condiciones de participación. 1. Podrán participar en esta convocatoria: Los funcionarios y funcionarias de carrera pertenecientes al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, cualquiera que sea el ámbito territorial en que estén destinados, que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación y las mantenga hasta la resolución definitiva del concurso. 2. No podrán tomar parte en la presente convocatoria: a) Las personas declaradas suspensas en firme, mientras dure la suspensión. b) El personal funcionario que se encuentre en situación de excedencia voluntaria por interés particular, durante el período mínimo obligatorio de permanencia en dicha situación. c) Las personas sancionadas con traslado forzoso, hasta que transcurran uno o tres años, si se trata de una falta grave o muy grave respectivamente, para destino en la misma localidad en que se les impuso la sanción. 3. De conformidad con lo previsto en el artículo 49.7 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia aprobado por el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, no regirá la limitación referente al tiempo para concursar establecida en el artículo 46.1 del mismo. Tercero. Bases y baremos de valoración. 1. El concurso específico constará de dos fases: a) Méritos generales: Se valorarán los servicios efectivos en el cuerpo en el que participa otorgándose 2 puntos por cada año completo de servicios. Los meses computarán 0,166 puntos. La puntuación máxima por antigüedad será de 60 puntos. La Secretaría General de Servicios Judiciales aportará de oficio la certificación de la antigüedad en el Cuerpo, así como la puntuación correspondiente por dicho concepto, de los funcionarios que tengan destino en el ámbito competencial de la Junta de Andalucía. Aquellas personas que no tuviesen destino dentro de dicho ámbito competencial deberán aportar certificación, expedida por el órgano competente, de la antigüedad acreditada. b) Méritos específicos: Se valorarán los méritos referidos a las características y contenido de los puestos de trabajo ofertados, de conformidad con el baremo que consta en el anexo IV de esta convocatoria, incluida la memoria que se presente. La puntuación máxima será de 40 puntos. Los méritos específicos que no figuren en la Hoja de Acreditación de Datos de SIRHUS, se acreditarán mediante certificado acreditativo de los mismos. Los solicitantes que hubieren prestado servicios en otras comunidades autónomas, deberán aportar el correspondiente certificado que acredite los servicios presentados en el ámbito (civil, penal, violencia sobre la mujer, social, mercantil, familia, vigilancia penitenciaria, menores, contencioso-administrativo, órgano colegiado A.P, órgano colegiado T.S.J) y cuerpo de la plaza a la que opta. Los aspirantes a los puestos convocados, deberán presentar junto con su solicitud una memoria-proyecto relativa al desempeño de las funciones propias del puesto, que incluya: – Análisis de la situación actual. – Propuesta de organización, planificación y coordinación del equipo. – Medidas de mejora y objetivos a corto y medio plazo. – Metodología de liderazgo y supervisión del equipo de trabajo. La memoria tendrá una extensión máxima de cinco páginas a una sola cara, a interlineado sencillo y con letra Arial 11 o similar. La memoria será valorada por Comisión de Valoración. La presentación de la memoria es requisito indispensable para la participación en el proceso selectivo. 2. La Comisión de Valoración, una vez examinada la documentación aportada por los concursantes, podrá recabar del candidato las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada inclusión o valoración. Asimismo, se podrá acodar la celebración de una entrevista con los candidatos sobre su historial profesional. Cuarto. Solicitudes. 1. La solicitud para tomar parte en el concurso irá dirigida a la Secretaría General de Servicios Judiciales. 2. El plazo de presentación será de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y en el «Boletín Oficial del Estado». Si no se lograra la simultaneidad de publicaciones, los plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía». 3. La solicitud irá dirigida a la Secretaría General de Servicios Judiciales y se presentará en el registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía y en los lugares y registros previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Para acceder al medio electrónico de presentación, las personas interesadas deberán identificarse electrónicamente utilizando el sistema basado en certificados electrónicos reconocidos o cualificados, previstos en las letras a) del apartado 2 del artículo 9 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Dichas personas deberán firmar electrónicamente a través del medio establecido en las letra a) del apartado 2 del artículo 10 de la citada ley. A la solicitud se adjuntará: – La Hoja de Acreditación de Datos de SIRHUS. – Certificados acreditativos de la experiencia profesional, en su caso. – Certificados acreditativos de los cursos realizados, en su caso. – Una memoria por cada puesto que se solicite. 4. Las personas participantes podrán solicitar el puesto singularizado descrito en el anexo I, siempre que reúnan los requisitos exigidos para ese puesto de trabajo. 5. Los participantes no podrán anular o modificar su instancia una vez terminado el plazo de presentación. 6. La solicitud formulada será vinculante para la persona peticionaria una vez transcurrido el período de presentación de instancias. Quinto. Comisión de Valoración. Los méritos serán valorados por una Comisión de Valoración. De conformidad con el artículo 50 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, la comisión de valoración estará constituida por cuatro miembros en representación de la Administración convocante y designados por ella, de los que al menos uno será funcionario al servicio de la Administración de Justicia, y por tres miembros de las organizaciones sindicales más representativas, CSIF, STAJ y SPJ-USO: Presidente: Titular: Don Rafael Navarro Sánchez. Suplente: Doña Belén Pérez Sánchez. Vocales: Titulares: Doña (Secretaria). Gemma M.ª Pérez Sánchez. Doña María Lería Peñafuerte. Doña Verónica Gomez Teba. Don Diego Díaz Benítez (CSIF). Don Aníbal Fernando Jiménez de Piñar (STAJ). Don Manuel Domínguez Bernal (SPJ-USO). Suplentes: Doña (Secretaria). Laura Fernández Laguna. Doña Montserrat Hernández Lanot. Don José Antonio Marquez Ruiz. Doña M.ª Paz de la Cruz Cruz (CSIF). Don José Luis Fernández Alaya (STAJ). Doña Guadalupe Nogales Flores (SPJ-USO). La Secretaría de la comisión se ejercerá por uno de las vocales, funcionarios de la Secretaría General de Servicios Judiciales. Asistirán a la Comisión de Valoración con voz y sin voto un representante de UGT y de CC. OO. La Comisión de Valoración podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de personal experto que, en calidad de asesores, actuarán con voz pero sin voto; tanto la solicitud como la designación de este personal experto han de constar por escrito en el expediente. Fuera de este supuesto, no podrán participar en la Comisión de Valoración más representantes que los indicados en los párrafos anteriores, sin perjuicio de que a dicha comisión pueda asistir el personal de apoyo administrativo necesario. Los miembros titulares de la comisión, así como los suplentes deberán pertenecer a cuerpos para cuyo ingreso se exija una titulación igual o superior a la requerida para los puestos convocados. Las personas que formen parte de la Comisión de Valoración deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Secretaría General de Servicios Judiciales, cuando concurra en ellas alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La persona que ejerza la presidencia de la Comisión de Valoración deberá exigir a quienes compongan la misma declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, cualquier persona que participe en el proceso de provisión podrá recusar a los miembros de la Comisión de Valoración cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior. La Comisión de Valoración resolverá cuantas dudas o cuestiones puedan plantearse en la interpretación y aplicación de estas normas.... [Contenido completo disponible en BOE oficial]

Más información

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-7476

Requisitos

  • Edad: 18 a 35-40 años según el ayuntamiento o consorcio.
  • Titulación variable por convocatoria (de ESO a bachillerato).
  • Permiso de conducir B obligatorio. En muchos cuerpos también el C (camión) y/o BTP.
  • Reconocimiento médico estricto: agudeza visual, capacidad pulmonar, condición cardiovascular.

Información general sobre esta tipología. Completar con la publicada en la convocatoria oficial.

Salario

Sueldo bruto inicial: 28.000–35.000 €/año. Con complementos por turnicidad, nocturnidad, festividad, peligrosidad y guardias localizadas, los sueldos consolidados llegan habitualmente a 35.000–45.000 €/año.

Información general sobre esta tipología. Completar con la publicada en la convocatoria oficial.

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