TRABAJO QUE SE ESPECIFICAN A CONTINUACIÓN
Cerrada
1 plazas
Madrid
Trabajador Social
Disposiciones oficiales
La presente convocatoria se realiza en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 651/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025, así como de lo establecido en el artículo 13 del V Convenio Colectivo del personal laboral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Esta convocatoria tendrá en cuenta los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad, publicidad y el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo con lo que establece el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como la Resolución de 20 de octubre de 2025, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de octubre de 2025, por el que se aprueba el IV Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella. Esta Presidencia, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 103.4 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre (BOE del 28) de Presupuestos Generales del Estado para 1991, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para el ingreso por promoción interna en el grupo profesional I2, para el personal laboral de los grupos T4 y T5, promoción interna que tendrá el carácter de horizontal para el personal laboral del grupo T4 y que se desarrollará en todo caso con sujeción a las siguientes Bases de convocatoria 1. Normas generales 1.1 La presente convocatoria y los actos de ejecución que se deriven de ella se publicarán, al menos, en la dirección de Internet httpede.agenciatributaria.gob.es/Sede/trabajar-agenciatributaria.html, en el Punto de Acceso General https://administracion.gob.es/ y en el Portal Funciona. La fecha de publicación en la sede electrónica de la Agencia Tributaria será la de la propia resolución o acto, salvo que en ella se indique otra distinta. s ://s 1.2 Se convoca proceso selectivo para cubrir por el sistema general de promoción interna, como personal laboral fijo sujeto al V Convenio Colectivo de personal laboral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el grupo profesional y puestos de trabajo que se especifican a continuación. Se reservarán las plazas que se señalan para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33%. El total de plazas convocadas corresponden al Real Decreto 651/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025 de las cuales 6 se reservarán para ser cubiertas por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %. Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad se acumularán a las de acceso general. 1.3 El proceso selectivo se realizará por el por el sistema de concurso oposición. La descripción del proceso selectivo, valoraciones, ejercicios y puntuaciones se especifica en el anexo I de esta convocatoria. 1.4 Serán criterios inspiradores los establecidos en el artículo 13.2 del V Convenio Colectivo: pleno respeto al principio de igualdad de género y no discriminación en el acceso a la condición de empleado/a público/a, accesibilidad y adaptación de los procesos selectivos para garantizar la incorporación efectiva de las personas con discapacidad, agilidad, modernización y adaptación de los procesos selectivos a la clasificación profesional, publicidad, separación, en la medida de lo posible, de las convocatorias de procesos selectivos por promoción interna y turno libre y principios de conciliación personal, familiar y territorial, teniendo en cuenta el arraigo del personal con pleno aprovechamiento de las nuevas tecnologías y de la flexibilidad organizativa de la Agencia Tributaria. Al tratarse de la cobertura de puestos de trabajo del área de Información y asistencia es de aplicación, a su vez, el último párrafo del artículo 13.5 del V Convenio Colectivo, con lo que se tendrán en cuenta criterios de conciliación personal, familiar y territorial, de cara a la determinación de los destinos asignados. 1.5 La convocatoria deberá ejecutarse en el plazo máximo de dos años desde su publicación, y la fase de oposición en un año, salvo causa motivada. 1.6 El programa que ha de regir las pruebas selectivas, es el que figura en el anexo II de esta convocatoria. 1.7 La descripción de plazas ofertadas es la que figura en el anexo V de esta convocatoria. 1.8 Concluido el proceso selectivo, las personas aspirantes que lo hubieran superado deberán solicitar destino utilizando exclusivamente medios electrónicos. Las personas que superen el proceso selectivo y que hubieran acreditado cumplir los requisitos exigidos en la convocatoria, serán, en un número igual al de plazas convocadas, contratadas con carácter fijo para la adjudicación de aquellas plazas que elijan, sin perjuicio de lo establecido en la base 9.5 en lo que se refiere al periodo de prueba. En ningún caso, el número de contratos que se formalicen podrá exceder del número total de plazas convocadas. En todo caso, y con carácter previo a la formalización de los contratos, será necesaria la acreditación de los requisitos exigidos en la convocatoria en un plazo de veinte días hábiles de acuerdo con el artículo 23 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado. 1.9 Las consultas sobre el proceso selectivo se podrán realizar a través del correo electrónico convocatorias@correo.aeat.es, sin que este correo tenga la consideración de registro telemático. 2. Requisitos de las personas aspirantes 2.1 Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo las personas aspirantes deberán poseer los siguientes requisitos de participación: 2.1.1 Nacionalidad: a) Tener nacionalidad española. b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea. c) El/la cónyuge de los españoles y españolas y de las personas nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separadas de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los/las de su cónyuge, que vivan a su cargo, personas menores de veintiún años o personas mayores de dicha edad que sean dependientes. d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. e) Las personas extranjeras que no estando incluidas en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España. 2.1.2 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. 2.1.3 Titulación: Estar en posesión, o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, la titulación de Educación Secundaria Obligatoria o titulación equivalente. Asimismo, se estará a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá acreditar estar en posesión del certificado de equivalencia o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario. 2.1.4 Compatibilidad funcional: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. 2.1.5 Habilitación: No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban, en el caso de personal laboral. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. Igualmente, serán excluidas las personas aspirantes que pertenezcan como personal laboral fijo del V Convenio Colectivo de personal laboral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria al mismo grupo profesional, área funcional, modalidad contractual y especialidad, en su caso, a cuyas pruebas selectivas se presenta, según la clasificación profesional del V Convenio Colectivo. 2.1.6 Las personas aspirantes que se presenten por el cupo de reserva para personas con discapacidad habrán de tener reconocida la condición legal de persona con discapacidad con un grado igual o superior al 33 por ciento. 2.1.7 Las personas aspirantes deberán cumplir, además, los siguientes requisitos: – Estar incluidas en el ámbito de aplicación del V Convenio Colectivo para el personal laboral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, pudiendo participar los trabajadores y las trabajadoras fijos de los grupos T4 y T5, en servicio activo o situación asimilada, y en excedencia, conlleve o no reserva de puesto de trabajo, siempre que se cumplan los requisitos mínimos de permanencia en la misma, según el Convenio Colectivo de la Agencia Tributaria. Las personas trabajadoras deberán haber prestado servicios durante al menos dieciocho meses como personal laboral fijo en el grupo profesional y área funcional desde el que participen en el proceso. 2.2 No podrá participar el personal laboral jubilado, cualquiera que sea la modalidad de jubilación a la que se haya acogido, incluida la jubilación parcial. 2.3 Todos los requisitos enumerados en esta base, deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la formalización de la contratación resultante de la resolución del presente proceso selectivo. Asimismo, las personas aspirantes están obligadas a comunicar al órgano convocante cualquier cambio de situación que implique la pérdida de alguno de los requisitos exigidos para la participación en el proceso selectivo. 3. Solicitudes 3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar la solicitud de admisión a pruebas selectivas y realizar el pago, en su caso, de las correspondientes tasas. El modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas convocadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y liquidación de la tasa de derechos de examen (modelo 791), aprobado por Resolución de 17 de julio de 2020 (BOE del 22), de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se encuentra a disposición de las personas interesadas en la dirección de Internet https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/trabajar-agencia-tributaria/gestiones-trabajar-aeat.html. La solicitud se cumplimentará electrónicamente de acuerdo con su contenido y las instrucciones del anexo VII de esta convocatoria, siguiendo lo previsto en la guía para la cumplimentación de solicitudes de participación en procesos selectivos, disponible en la citada dirección electrónica. Solo podrá presentarse una instancia de participación por persona aspirante en el proceso selectivo. En caso de que, dentro del plazo de presentación de so... [Contenido completo disponible en BOE oficial]