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TRABAJO Y PROMOCIÓN PROFESIONAL DE LOS FUNCIONARIOS CIVILES DE LA ADMINISTRACIÓN

Cerrada 1 plazas Madrid Administrativo

Información general

Fecha de publicación
13/02/2026
Fin del plazo
13/03/2026
Provincia
Madrid
Municipio
Madrid
Comunidad autónoma
Comunidad de Madrid
Órgano convocante
Ministerio de Hacienda Resolución Resolución de 8 de febrero de 2026

Resumen

Extraido del BOE oficial

Titulación requerida

TRABAJO Y PROMOCIÓN PROFESIONAL DE LOS FUNCIONARIOS CIVILES DE LA ADMINISTRACIÓN

Plazo de presentación

20 días hábiles

Disposiciones oficiales

Vistas las propuestas formuladas por el tribunal calificador del proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre y por promoción interna en el Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera, especialidades de Investigación, Navegación, Propulsión y Comunicaciones convocados por, Resolución 20 de diciembre de 2024 («Boletín Oficial del Estado» del 30). Esta Presidencia ha resuelto: Primero. Hacer públicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, las relaciones de las personas aspirantes que han superado los procesos selectivos convocados por la citada Resolución 20 de diciembre de 2024 («Boletín Oficial del Estado» del 30) y que figuran como anexos I.1 (sistema general de acceso libre) y I.2 (promoción interna) de esta resolución, por el orden de puntuación obtenida. Segundo. Las personas aprobadas, deberán presentar en el plazo indicado en el apartado tercero de esta resolución, la siguiente documentación: A. Declaración de la persona aspirante de comprometerse a portar armas en el ejercicio de sus funciones, según el modelo que figura como anexo II a esta resolución. B. Autorización a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16, apartado c) del Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, para realizar la consulta de carecer de antecedentes penales, según el modelo que figura como anexo III a esta resolución. En caso de no autorizar la consulta deberá aportar el certificado de antecedentes penales. C. Las personas aprobadas en la especialidad de Investigación deberán presentar la autorización a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, según el modelo que figura como anexo IV de esta resolución, para realizar la consulta en la Plataforma de Intermediación de Datos sobre su permiso de conducir. En caso de no autorizar la consulta, deberán aportar copia auténtica o fotocopia compulsada del permiso de conducir clase B, cuya fecha de expedición ha de ser anterior a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». D. De conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, modificado por el Real Decreto 213/2003, de 21 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas, quienes invoquen su condición de personal laboral o funcionario deberán formular opción por la remuneración que deseen percibir como personal funcionario en prácticas, a través del modelo que figura como anexo V, y que presentarán ante las unidades de personal del órgano del que dependa su puesto de trabajo y remitirán copia del mismo al Departamento de Recursos Humanos (Subdirección Adjunta de Selección). Igualmente, las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo por promoción interna (anexo I.2), deberán presentar, los siguientes documentos: E. Certificación de la Unidad de Recursos Humanos del Ministerio u Organismo del que dependieren para acreditar la condición de personal funcionario del Cuerpo o Escala del Subgrupo C1 al que pertenezcan y la antigüedad (servicios efectivos prestados como personal funcionario de carrera) en el mismo, según modelo que figura como anexo VI de esta resolución. F. Quienes estén destinados en la Agencia Tributaria o tengan puesto reservado en la misma, presentarán solicitud o renuncia de destino en la provincia donde se ubica su puesto de trabajo actual en el modelo que figura como anexo VII, que será considerada en relación con los puestos de trabajo propios de la especialidad a la que accede. En caso de cambio de destino en fecha posterior a la presentación del citado anexo y anterior a la de publicación de la oferta de destinos, deberán confirmar o modificar su petición inicial. Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 23 del citado Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en relación con el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas aspirantes que se encuentren en todos o alguno de los supuestos indicados en el apartado segundo de esta resolución, deberán presentar en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en los registros de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a través de la página web: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/B201.shtml (aportar documentación complementaria), o de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, la documentación que se indica en el citado apartado segundo. Cuarto. Quienes, dentro del plazo fijado, salvo los casos de fuerza mayor debidamente acreditados, no presentaran la documentación o de su examen se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, no podrán ser nombrados personal funcionario y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en su solicitud inicial. Quinto. El nombramiento como personal funcionario en prácticas se acordará por resolución de la autoridad convocante, en la que se determinará la fecha en que empezará a surtir efectos dicho nombramiento. El curso selectivo se realizará en la sede del Instituto de Estudios Fiscales, sito en la avenida Cardenal Herrera Oria, 378, Madrid 28035. El personal funcionario en prácticas deberá superar el curso selectivo en los términos establecidos en la base 6.5. de la resolución de convocatoria. Quienes no superen el curso selectivo perderán el derecho a ser nombrados personal funcionario de carrera mediante resolución motivada de la autoridad convocante. Sexto. El curso selectivo, salvo que las circunstancias lo impidan, se desarrollará de forma presencial, sin perjuicio de la utilización de herramientas tecnológicas y sistemas de formacióncomplementarios. online Séptimo. La petición de destinos deberá efectuarse una vez finalizado el curso selectivo utilizando exclusivamente medios electrónicos, de acuerdo con lo establecido en la base 10.6 de la convocatoria, previa publicación de la oferta de los mismos en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Octavo. Finalizado el proceso selectivo y a propuesta de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, quienes lo hayan superado, cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de plazas convocadas, serán nombrados personal funcionario de carrera mediante resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la que se indicará el destino adjudicado. Noveno. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. Asimismo, se podrá, en su caso, proceder por el órgano competente, a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Madrid, 8 de febrero de 2026.–El Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, P. D. (Resolución de 9 de mayo de 2022), la Directora del Departamento de Recursos Humanos, Consuelo Sánchez García. ANEXO I.1 Relación de personas aprobadas en la fase de oposición por el sistema general de acceso libre Especialidad de Investigación Especialidad de Navegación Especialidad de Propulsión Especialidad de Comunicaciones ANEXO I.2 Relación de personas aprobadas en las fases de oposición y de concurso por promoción interna Especialidad de Investigación Especialidad de Navegación Especialidad de Propulsión ANEXO II Don/Doña. ………………………………………………………………………………, con domicilio en …………………………………………………………………………………… y documento de identidad número ……………………………, declara comprometerse a portar armas en el ejercicio de sus funciones, en los términos en que se disponga por las personas responsables de las Unidades en que preste servicio, a efectos de ser nombrado/a personal funcionario del Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera. En ............................, a ....... de .......................... de 2026. (firma) ANEXO III Don/Doña. ………………………………………………………………………………, con domicilio en …………………………………………………………………………………… y documento de identidad número ……………………………, a efectos de ser nombrado/a personal funcionario del Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera. Autoriza a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 95/2009, a realizar la consulta de antecedentes penales. En ............................, a ....... de .......................... de 2026. (firma) ANEXO IV Don/Doña. ………………………………………………………………………………, con domicilio en …………………………………………………………………………………… y documento de identidad número ……………………………, a efectos de ser nombrado/a personal funcionario del Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera. Autoriza a la Agencia Estatal de Administración Tributaria la consulta de los datos de mi permiso de conducir para acreditar el requisito exigido en la convocatoria del proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera. En ............................, a ....... de .......................... de 2026. (firma) ANEXO V Opción retributiva Personal funcionario/Personal laboral ANEXO VI (El certificado debe extenderse en fotocopia de este anexo) ANEXO VII Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera. OEP 2024. Solicitud de destino en la misma provincia del puesto actualmente desempeñado Orden NIF Apellidos y nombre Calificación total 1 ***4248** DIEZ SERRANO, JAVIER. 77,50 2 ***5143** QUILES MARTINEZ, LUCIA. 73,77 3 ***5237** LOSADA BARREIRO, PATRICIA. 72,47 4 ***2808** FERNANDEZ POZO, JORGE. 69,81 5 ***9508** PARRAS GONZALEZ, ERICA. 67,55 6 ***9440** FOLLENTE VAZQUEZ, IRIA. 66,57 7 ***3181** MILLAN SOLANO, IGNACIO. 65,69 8 ***8206** CALVO NUÑEZ, ALEJANDRA. 65,34 9 ***0564** TATO ARREGUI, ALEJANDRO. 65,19 10 ***5163** MUÑOZ GALVAN, VIRGINIA. 64,25 11 ***1047** LABAJOS FERNANDEZ, MARIA EUGENIA. 64,20 12 ***8225** MOLINA DE TORO, ISMAEL. 63,75 13 ***9767** RAMOS GIL, VICTOR FERNANDO. 61,02 14 ***7895** MARTINEZ RODRIGUEZ, CLAUDIA VIRGINIA. 59,17 15 ***6918** RAMIREZ GARCIA DEL MORAL, JAVIER. 58,89 16 ***1361** CONEJERO PARDO, SERGIO. 58,62 17 ***0812** GIL ROSELLO, PAULA. 58,44 18 ***7741** HERNANDEZ RIUS, BLANCA. 56,48 19 ***8010** COLSA REVILLA, LUCIA. 56,22 20 ***8404** PEREZ FIGUEROA, BRAIS. 54,87 Orden NIF Apellidos y nombre Calificación total 1 ***3594** GULIN CASTRO, MIGUEL. 86,85 2 ***2660** REY SALORIO, SANTIAGO. 82,64 3 ***7629** DIAZ RENDUELES, EDUARDO. 81,83 4 ***9194** QUELLE GOMEZ, ALBERTO. 81,18 5 ***7889** MARTINEZ FERNANDEZ, GUILLERMO. 81,14 6 ***5200** FERNANDEZ OLSEN, RENE. 79,49 7 ***3734** MARIÑO REY, RUBEN. 79,07 8 ***7342** ACOSTA PIÑERO, BORJA. 78,40 9 ***3986** MARTINEZ ALVAREZ, AIDA. 77,36 10 ***1967** RAMIREZ VANCELLS, MARTI. 77,16 11 ***4431** FIGUEROA CARRERA, FRANCISCO. 76,86 12 ***4370** MARTIN RUIZ, CARLOS... [Contenido completo disponible en BOE oficial]

Más información

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-3317

Requisitos

  • Edad mínima 16 años.
  • Titulación: bachillerato, FP grado superior o equivalente.
  • Nacionalidad española o UE.
  • No haber sido separado del servicio. No estar inhabilitado.

Información general sobre esta tipología. Completar con la publicada en la convocatoria oficial.

Salario

Grupo C1. Sueldo bruto inicial: 22.000–26.000 €/año. Con trienios, productividad y complementos específicos, los sueldos consolidados llegan habitualmente a 28.000–35.000 €/año a partir de 10-15 años. La promoción interna a A2 (Gestión) abre la siguiente franja salarial.

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