TRABAJO Y PROMOCIÓN PROFESIONAL DE LOS FUNCIONARIOS CIVILES DEL ESTADO; EL REAL
Cerrada
3 plazas
Madrid
Guardia Civil
Disposiciones oficiales
Con el fin de atender las necesidades de personal técnico, de gestión y de administración y servicios funcionario de carrera de la Universidad de Alcalá, en cumplimiento de sus Estatutos aprobados por Decreto 221/2003, de 23 de octubre, y modificados por Decreto 18/2012, de 26 de enero; en virtud de la Resolución de 23 de julio de 2025, de la Gerencia de la Universidad de Alcalá, por la que se publica la Oferta de Empleo Público de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios para el año 2025 resultante de la tasa de reposición de efectivos prevista en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 (BOCM de 4 de agosto de 2025); y de conformidad con la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado; el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores; el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad; así como de acuerdo con lo dispuesto en las bases de la presente convocatoria. Esta Gerencia en uso de las atribuciones que, en materia de personal, tiene delegadas por Resolución del Rector de fecha 29 de marzo de 2022 (BOCM núm. 94, de 21 de abril), garantizando el respeto a los principios de publicidad, mérito, capacidad, igualdad, libre concurrencia y transparencia, resuelve: Convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales, grupo A, subgrupo A2, por turno libre, con sujeción a las siguientes: Bases de la convocatoria Primera. Normas generales. 1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir tres plazas por el sistema general de concurso-oposición, para el acceso a la Escala de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales, grupo A, subgrupo A2 de la Universidad de Alcalá. 2. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso-oposición. 3. Salvo en los casos excepcionalmente previstos por la ley, todos los plazos establecidos en la convocatoria se entenderán referidos a días hábiles. 4. Las personas aspirantes no están obligadas a presentar documentos que se encuentren en poder de la Universidad de Alcalá, o que hayan sido elaborados por ella, siempre que manifiesten su consentimiento a que sean consultados o recabados. La autorización de este trámite debe indicarse expresamente en la solicitud de participación. 5. El programa que ha de regir estas pruebas es el que figura en el anexo I de esta convocatoria. En relación con las referencias normativas recogidas en dicho programa, se tendrá en cuenta la normativa vigente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en la convocatoria. 6. Los ejercicios de la fase de oposición y sus puntuaciones, así como la valoración de los méritos de la fase de concurso, se especifican en el anexo II de la convocatoria. 7. La presente convocatoria se publicará íntegramente en el «Boletín Oficial del Estado». Asimismo, será objeto de publicación, a efectos informativos, en la página web de la Universidad de Alcalá (https://www.uah.es/es/empleo-publico/PAS/funcionario/) y en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Universidad de Alcalá (https://sede.uah.es/tablon/categoria/con/). 8. En el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» se publicará un anuncio de esta convocatoria, en el que se indicará el lugar donde se encuentran publicadas las bases íntegras de la misma. 9. La fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» será la que determine los plazos a efectos de presentación de solicitudes, así como de posibles impugnaciones o recursos. Los sucesivos actos y resoluciones que se dicten serán objeto de publicación en la página web y en el tablón de anuncios de la sede electrónica de la Universidad de Alcalá. Segunda. Requisitos de admisión de las personas aspirantes. Como requisitos de admisión al proceso selectivo se establecen los siguientes: 1. Nacionalidad: Deberá concurrir alguna de las siguientes circunstancias: a) Tener la nacionalidad española. b) Ser nacional de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea. c) Ser cónyuge de españoles o de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, en las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes. d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. 2. Edad: tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, o de aquella otra que pueda establecerse por ley. 3. Habilitación: no haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, deberá acreditar no hallarse inhabilitado o inhabilitada, ni haber sido sometido o sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público. 4. Titulación: estar en posesión del título universitario de Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Grado o equivalente, o de titulación académica superior, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. En todos los casos se deberá acreditar la formación de nivel superior en las tres especialidades preventivas (Seguridad en trabajo, Higiene Industrial y Ergonomía y Psicosociología Aplicada), según establece el artículo 37 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, con el contenido mínimo establecido en el anexo VI del mencionado reglamento. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que justifique su homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. 5. Poseer la capacidad funcional que sea necesaria para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas propias de la escala. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal técnico, de gestión y de administración y servicios funcionario de carrera en la escala convocada. Tercera. Personas aspirantes que soliciten adaptaciones de tiempo y/o medios por discapacidad. Las personas aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso podrán solicitar, expresándolo en el recuadro destinado al efecto en la solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para el desempeño de las funciones que sean necesarias. La necesidad de la adaptación solicitada deberá ser acreditada, aportando a la solicitud el correspondiente Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad competente, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar con objetividad la procedencia o no de su concesión. A tal efecto, el órgano de selección podrá requerir, a lo largo del proceso, la colaboración necesaria de los Órganos Técnicos de la Administración Pública competente en materia de discapacidad o de Servicios Sociales o Bienestar Social. Cuarta. Solicitudes, plazos y formas de presentación. 1. De acuerdo con los dispuesto en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y las Instrucciones para la iniciación de oficio de procedimientos administrativos en la Universidad de Alcalá, las solicitudes tienen que presentarse por la sede electrónica de la Universidad de Alcalá, salvo en los supuestos de imposibilidad técnica debidamente justificada. A tal efecto: a) Quienes deseen participar en el proceso deberán presentar su solicitud, debidamente cumplimentada y firmada, a través de la sede electrónica de la Universidad de Alcalá, mediante el formulario específico de la convocatoria que estará disponible en la siguiente dirección: https://sede.uah.es/web/guest/convocatorias. Para ello, deberán identificarse mediante certificado electrónico reconocido o documento nacional de identidad electrónico (DNIe), cumplimentar los datos solicitados conforme a las indicaciones establecidas y firmar la solicitud mediante un certificado cualificado de firma electrónica. b) En caso de carecer de los medios necesarios para relacionarse electrónicamente con la Universidad de Alcalá, en los términos indicados en el apartado anterior, las personas interesadas podrán acudir de manera presencial al Registro Central del Rectorado, acudiendo con el certificado digital en un dispositivo de memoria o con cl@ve móvil, los horarios y la disponibilidad se pueden consultar en la página Web del servicio de administración electrónica y registro: https://www.uah.es/es/conoce-la-uah/organizacion-y-gobierno/servicios-universitarios/registro/. c) En caso de incidencias técnicas en la presentación electrónica a través de la sede, las personas interesadas podrán acudir de manera electrónica a: – Para personas interesadas de la comunidad universitaria de la UAH: https://uah.atlassian.net/servicedesk/customer/portal/13. – Para personas interesadas no pertenecientes a la comunidad universitaria de la UAH podrán dirigirse al siguiente correo electrónico: firma.electronica@uah.es. En relación con las dudas sobre la presentación electrónica de solicitudes, las personas interesadas podrán consultar la Guía para la presentación de solicitudes en la sede electrónica de la Universidad de Alcalá, disponible en la siguiente dirección: https://uah.atlassian.net/wiki/spaces/CAU/pages/459735057/Gu+a+para+presentaci+n+de+solicitudes+en+procesos+selectivos 2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». 3. En el caso de incidencia técnica de los medios electrónicos de la Universidad de Alcalá, en los términos del artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que imposibilite el funcionamiento ordinario del sistema, la Universidad de Alcalá podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos. Tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido deberá publicarse en la página web y en el tablón de anuncios de la sede electrónica. 4. Documentación que se acompañará a la solicitud: 4.1 Las personas aspirantes que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán hacerlo en la solicitud, adjuntando además el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad competente. 4.2 La titulación exigida en la base segunda.4 de la convocatoria. 4.3 Tasa por derecho... [Contenido completo disponible en BOE oficial]