Auxiliar Administrativo es una de las tipologías de oposición que cubrimos en España. Tenemos 1124 convocatorias con 29 plazas publicadas por organismos de toda la geografía española. Cobertura diaria del BOE y los boletines provinciales y autonómicos.
El Auxiliar Administrativo (Grupo C2) realiza tareas administrativas de apoyo: registro de documentos, atención al ciudadano, manejo de aplicaciones ofimáticas, archivo, tramitación de expedientes. Es el cuerpo administrativo más numeroso y con mayor número de convocatorias anuales en España.
Hay tres variantes principales por administración: Cuerpo General Auxiliar del Estado (convocatoria nacional, examen único), Auxiliar Administrativo de CCAA (por cada autonomía) y Auxiliar Administrativo de Ayuntamiento o Diputación (por cada organismo local).
Grupo C2. Sueldo bruto inicial: 18.000–22.000 €/año en municipios pequeños; 22.000–27.000 €/año en Administración General del Estado y grandes ayuntamientos. Con trienios, productividad y complementos específicos, los sueldos consolidados llegan habitualmente a 25.000–32.000 €/año a partir de 10-15 años.
Titulación: graduado en ESO o equivalente. Edad mínima 16 años. Nacionalidad española o UE. Sin antecedentes penales graves. No estar inhabilitado para empleo público.
La parte general suele tener 18-22 temas: Constitución, organización territorial, instituciones de la UE, EBEP, Ley 39/2015 y 40/2015 de procedimiento, Ley 19/2013 de transparencia, Ley 3/2007 de igualdad. La parte específica añade temas técnicos sobre ofimática (Word, Excel, Outlook), archivo, registro.
Grupo C2. Sueldo base bruto 2026: aprox. 14.500 €/año. Complemento de destino: 4.500-6.500 €. Complemento específico: 4.000-6.000 €. Total bruto: 22.000-27.000 €/año habitualmente, con dos pagas extra.
Sí, casi siempre. Supuesto práctico con Word y/o Excel: redacción con formato, tablas, índice; o ejercicio con fórmulas, ordenación, filtros, formato condicional, gráficos. El tiempo limitado obliga a dominar atajos de teclado.
Mismo grupo C2 y similar temario en parte general (Constitución, EBEP). Cambia la parte específica: temario autonómico (estatuto de autonomía) o municipal (Ley de Régimen Local). El sueldo varía menos del 10% entre administraciones.
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